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Militares del Caso Las Malvinas enfrentan audiencia crucial: fijan fecha para decidir si se revoca su prisión preventiva

Un Tribunal de la Sala Penal del Guayas será el cargado de resolver el recurso de apelación planteado por los 16 uniformados.

martes, 21 enero 2025 - 09:49
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Los dieciséis militares procesados por la presunta desaparición forzada de los cuatro menores de Las Malvinas, cuyos cuerpos fueron encontrados sin vida, han sido citados a una nueva audiencia, en la que se decidirá si se revoca o no la prisión preventiva dictada en su contra.

El Tribunal de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, que quedó integrado por los jueces Estalin Coronel, Carmen Vásquez y Demóstenes Diaz, será el cargado de resolver el recurso de apelación planteado por los uniformados.

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El caso se originó el pasado 8 de diciembre, cuando los menores fueron aprehendidos por una patrulla militar en los exteriores de un centro comercial del sur de Guayaquil, y luego fueron trasladados a Taura, una zona rural ubicada a 30 kilómetros de la ciudad.

Según las versiones de los militares, los menores fueron liberados en el camino. Sin embargo, esa noche se perdió el rastro de los menores hasta el 31 de diciembre, cuando la Fiscalía confirmó que las osamentas calcinadas halladas en una zona de difícil acceso en Taura correspondían a los cuatro menores desaparecidos.

Militares apelan prisión

Este lunes, el Tribunal fijó la fecha para la diligencia de apelación en el Caso Las Malvinas y advirtió a las partes sobre las consecuencias por posible inasistencia.

La convocatoria se programó para el jueves 23 de enero de 2025 a las 13:45, conforme a la disponibilidad de la agenda de la Sala Penal.

Además, la audiencia se llevará a cabo de manera virtual, a través de la plataforma ZOOM, "por razones de priorizar el uso de medios telemáticos y medidas de seguridad", detalla la notificación.

Se ha solicitado a todas las partes conectarse con 15 minutos de anticipación para garantizar el desarrollo adecuado de la audiencia oral, pública y contradictoria, en la que se sustanciará el recurso de apelación a la prisión preventiva interpuesto por los 16 militares procesados.

El Tribunal también advirtió que no se aceptará el diferimiento de esta audiencia y destacó que cualquier inasistencia sin justificación podría derivar en sanciones conforme lo estipula el Art. 652, numeral 8, del Código Orgánico Integral Penal.

"Se los convoca con suficiente espacio de tiempo para que se organicen adecuadamente su agenda y hagan valer sus derechos el día de la realización de la audiencia", enfatizó el Tribunal.

Asimismo, se recordó a los abogados y profesionales del derecho involucrados que deben actuar con lealtad, probidad, veracidad, honradez y buena fe, conforme a los principios éticos establecidos en la legislación vigente.

Por último, se notificó que, en caso de que el Agente Fiscal encargado del proceso no pueda asistir, deberá designarse a otro funcionario para su reemplazo.

El delito de desaparición forzada está tipificado en el artículo 84 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y conlleva una pena privativa de libertad de 22 a 26 años.

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