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Esto dice la Ley de Integridad Pública sobre el juzgamiento de adolescentes como adultos

La ley aumenta algunos parámetros como el tiempo de las medidas socioeducativas, el internamiento preventivo, prescripciones de los delitos, etc.

jueves, 12 junio 2025 - 20:26
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La Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea aprobó este jueves el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Innovación y Fortalecimiento de la Gestión Pública, que ahora se llama Ley Orgánica de Integridad Pública. En la normativa se plantean cambios para juzgar a niños como adultos y sanciones para jueces, fiscales y abogados.

Es el segundo proyecto enviado por el presidente Daniel Noboa, quien lo cataloga como urgente. La idea principal es erradicar la corrupción y mejorar el sistema de contratación pública.

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Por ejemplo, introduce modificaciones sobre los requisitos y la obligatoriedad del Registro Único de Proveedores (RUP), reduce los procedimientos de contratación pública y reforma figuras como el catálogo electrónico, la subasta inversa electrónica, la licitación, la ínfima cuantía, la adquisición de bienes, las ferias inclusivas, entre otros.

Además, pretende automatizar el proceso de contratación pública bajo el concepto de datos abiertos y con apoyo de la inteligencia artificial.

Sin embargo, en la misma normativa, se incluyen reformas a varias leyes como el Código Orgánico Integral Penal (COIP), al Código de la Niñez y Adolescencia (CONA) y hasta la recién aprobada Ley Orgánica de Solidaridad Nacional.

Sobre esa última norma se incluye una especificación sobre el indulto presidencial diferido: “En ningún caso podrán ser beneficiarios de esta medida quienes se encuentren procesados por delitos contra la eficiencia de la administración pública, a excepción del delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio”.

Agrega: “Tampoco podrán beneficiarse del indulto presidencial con efecto diferido en el marco del conflicto armado interno quienes se encuentren procesados por delitos de genocidio; tortura; desaparición forzada de personas; secuestro; y, homicidio por razones políticas o de consciencia”.

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$!Aprobación del informe para primer debate.

ADOLESCENTES COMO ADULTOS

Otras reformas que llaman la atención tienen que ver con el Código de la Niñez y Adolescencia. Andrés Castillo, legislador oficialista, propuso que los adolescentes sean sancionados como adultos en caso de cometer algún crimen.

“Lo que se quiere es que los jóvenes entre 14 y 18 años dejen de gozar de esa garantía de imputabilidad. La idea es que se les juzgue en las mismas condiciones que a los adultos”, dijo Castillo.

Pero aclaró que los menores de edad infractores deberán cumplir sus penas en un sitio para adolescentes, como sucede actualmente, pero cuando cumplan la mayoría de edad serán trasladados a un centro para adultos.

“No estamos queriendo quitarles los derechos a los niños, aquí lo que se pretende es cerrarle la puerta a la mafia para que no vea en nuestros niños aquellos ciudadanos a los que les pueden robar su futuro a cambio de unos pocos pesos”, acotó el asambleísta de ADN.

Actualmente, el Código de la Niñez y Adolescencia dice que el internamiento preventivo para menores tiene que durar hasta 90 días, pero la propuesta de ley aumenta a 180 días. En los casos de delitos sancionados en el Código Orgánico Integral Penal con penas superiores a 10 años de cárcel, el internamiento preventivo podrá durar un año.

También se aumentan las prescripciones de los delitos. Por ejemplo, aquellos sancionados en el Código Orgánico Integral Penal con penas mayores a los 10 años de cárcel, prescribirán también en 10 años.

Asimismo, incrementa los plazos para la investigación previa e instrucción fiscal, sobre este último aspecto cabe especificar que hoy dura entre 45 y 30 días, pero ahora podría pasar de 30 a 90 días.

Y finalmente, la propuesta de ley sube los parámetros de las medidas socioeducativas. Por ejemplo, aquellos menores que incurran en delitos cuya pena sea mayor a los diez años, serán juzgados y se impondrán una medida de internamiento institucional con la misma duración de las penas previstas para adultos en el Código Orgánico Integral Penal.

Además, en estos casos no se aplicarán otras medidas socioeducativas privativas de libertad distintas al internamiento institucional, y no podrá cambiarse su régimen de ejecución al semiabierto o abierto.

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$!Proyecto de ley busca tratar a adolescentes infractores como adultos.

SANCIONES A JUECES, FISCALES Y ABOGADOS

La Ley Orgánica de Integridad Pública también reforma el COIP, específicamente los artículos que hablan del delito de prevaricato. Actualmente, solo se contempla a jueces y árbitros, pero ahora también incluyen a los fiscales.

En caso de que estos funcionarios comentan algún acto irregular o beneficien a los miembros de un grupo organizado, podrán ser sancionados con penas de hasta 13 años. Hoy solo se contempla un máximo de cinco años.

Además, los sancionados quedarán inhabilitados toda la vida para el desempeño como abogados.

Mientras los abogados que incurran en prevaricato serán sancionados con uno a tres años de cárcel e igualmente perderán su facultad para desempeñar su cargo para siempre.

Ahora este proyecto de la Ley Orgánica de Integridad Pública pasará al presidente de la Asamblea para que remita a los otros legisladores y convoque al pleno. Ahí seguramente se emitirán recomendaciones y la norma volvería a la Comisión de Desarrollo Económico.

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