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Seis jueces que declararon inocente a Daniel Salcedo fueron destituidos por error inexcusable

La conducta de los jueces fue considerada como una extralimitación de funciones y un uso ilegítimo del poder judicial.

El pleno del Consejo de la Judicatura destituyó de sus cargos a seis jueces de la provincia de El Oro que, en un delito relacionado con lavado de activos, emitieron sentencias absolutorias a favor de seis empresas jurídicas y cuatro procesados, entre ellos, Daniel Salcedo, y su hermano Noé Salcedo.

La decisión se adoptó en una sesión ordinaria desarrollada este martes 24 de junio de 2025.

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Los juzgadores sancionados por la falta gravísima de error inexcusable, tipificada en el artículo 109.7 del Código Orgánico de la Función Judicial, pertenecían al Tribunal de Garantías Penales de Machala y a la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de El Oro.

Este caso fue analizado por la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia que, el 22 de marzo de 2024, determinó que los magistrados sancionados realizaron una interpretación “inaceptable” de dicho delito y sus diversas modalidades, tipificadas en el artículo 317 numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Código Orgánico Integral Penal.

Según argumentó la Judicatura, esto constituye una grave irregularidad y una vulneración severa de principios fundamentales del sistema de justicia, "pues los jueces tienen la obligación constitucional de garantizar la tutela efectiva de los derechos, pero también deben respetar la correcta interpretación de la ley".

Ratificar el estado de inocencia, basados en una errónea interpretación de los elementos que constituyen un delito y de sus diversas tipologías, pone en riesgo la seguridad jurídica y la integridad de las sentencias, advirtió la Judicatura en un comunicado.

Asimismo, la conducta de los jueces fue considerada como una extralimitación de funciones y un uso ilegítimo del poder judicial, lo que afecta gravemente la responsabilidad inherente a la potestad jurisdiccional.

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