El Consejo de Administración Legislativa (CAL) aprobó una serie de reformas para erradicar el nepotismo en la institución. Ahora ningún familiar de un asambleísta o funcionario, hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, podrá laborar en la entidad. Además, en las sesiones virtuales todos los legisladores deberán tener prendida la cámara.
Así lo anunció el presidente de la Asamblea, Niels Olsen, quien aseguró en un comunicado que son reformas “inéditas destinadas a erradicar prácticas del pasado altamente lesivas a los intereses del país”.
Recordó que a diferencia de otras entidades del Estado, los servidores de la Función Legislativa se rigen por la Ley Orgánica de la Función Legislativa y las resoluciones del CAL.
Es así que se logró aprobar por unanimidad varias reformas, una de las principales es que ningún familiar de un asambleísta, hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, podrá trabajar en la Asamblea Nacional. Antes, esta restricción aplicaba solo al despacho del legislador, “lo que permitía vivezas y atajos inaceptables”, apuntó Olsen.
Esa norma también aplicará para asambleístas suplentes o alternos principalizados y los funcionarios de nivel jerárquico superior.
El anuncio llega luego de que saliera a la luz el caso de Dominique Serrano, asambleísta del oficialismo, cuyos familiares trabajan en distintos puestos de la Asamblea.
Adicionalmente, se amplían las prohibiciones para servidores condenados por delitos como peculado, lavado, concusión, tráfico de influencias, entre otros, así como para quienes hayan sido destituidos por mal manejo de recursos públicos.
También se fortalece el régimen de evaluación de desempeño, incorporando como causal de destitución las evaluaciones insuficientes reiteradas.
Esto también aplicará sobre quienes hayan sido condenados por delitos aduaneros, tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, lavado de activos, acoso sexual, explotación sexual, trata de personas, tráfico ilícito o violación.
Por otro lado, el presidente de la Asamblea podrá disponer la desvinculación de asesores de asambleístas, principales o alternos principalizados, exclusivamente en los casos en que, luego de agotarse el procedimiento previsto en el artículo 7.1 del Reglamento de Talento Humano, se verifique la transgresión de las inhabilidades señaladas.
“Estas disposiciones entran en vigencia inmediatamente. Sin perjuicio que, se exceptúa a las personas con nombramientos permanentes obtenidos antes de la posesión de los actuales asambleístas, y a quienes pertenezcan a grupos de atención prioritaria”, subraya Olsen.
Y como dato extra, el CAL también aprobó un reglamento que obliga a los asambleístas a mantener activada la cámara de sus dispositivos durante todas las sesiones, “como una muestra de respeto hacia la ciudadanía y la institucionalidad parlamentaria”. Se aplicará sanción a quien incumpla.