Esther Cuesta, Andrés Arauz y Raúl González fueron señalados por la Fiscalía General del Estado (FGE) como presuntos autores directos de asociación ilícita en el caso Ligados, que investiga una supuesta red vinculada al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). En esta causa ya hay otros cuatro procesados, entre ellos el exconsejero Augusto Verduga.
Con la presencia del fiscal general subrogante, Wilson Toainga, este miércoles 4 de junio se instaló la audiencia de formulación de cargos contra Andrés Arauz, excandidato presidencial y dirigente de Revolución Ciudadana; la exasambleísta correísta Esther Cuesta; y Raúl González Carrión, designado superintendente de Bancos en 2022.
Ante la jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Daniella Camacho, el fiscal presentó los elementos de convicción que respaldan la vinculación, entre ellos los chats del celular de Verduga, donde constan múltiples conversaciones que revelarían estrategias ilícitas para tomar del control de la institucionalidad del Estado a través del CPCCS, por parte de un grupo de vocales afines al correísmo (Liga Azul).
Según la Fiscalía, Esther Cuesta, Andrés Arauz y Raúl González son mencionados de forma reiterada en los chats extraídos durante la investigación del caso 'Ligados'.
Entre estos actos se incluiría la designación de autoridades cercanas al movimiento Revolución Ciudadana, como el caso del superintendente de Bancos. Precisamente, Raúl González fue designado de manera irregular para ese cargo —correspondiente al período 2022-2027— por los exvocales del CPCCS que actualmente están procesados en esta causa: Augusto Verduga, Yadira Saltos y Eduardo Franco Loor. Nicole Bonifaz también fue procesada, pero continúa ejerciendo funciones como vocal.
El fiscal subrogante, Wilson Toainga, señaló que las evidencias demuestran cómo la sede del Consejo de Participación Ciudadana fue utilizada como una especie de “partido político”.
Ante la jueza Camacho, la Fiscalía solicitó medidas cautelares para los tres nuevos procesados, consistentes en la presentación periódica ante la autoridad y la prohibición de salida del país.
El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena de tres a cinco años de prisión.