Noboa emite reglamento para mujeres emprendedoras: incluye becas y financiamiento
La normativa busca promover el empoderamiento económico femenino a través de financiamiento, capacitación y acceso a oportunidades de mercado.
El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el reglamento que permitirá poner en marcha la Ley Orgánica para Impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras del Ecuador.
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Según destacó el Ejecutivo, la normativa busca promover el empoderamiento económico femenino a través de financiamiento, capacitación y acceso a oportunidades de mercado.
El reglamento está dirigido a todas las mujeres emprendedoras del país, formalizadas o no, siempre que estén inscritas en el Registro Nacional de Emprendimiento, Innovación y la Competitividad.
Según el documento, se priorizará la participación de mujeres en situación de vulnerabilidad, incluyendo migrantes retornadas, rurales, indígenas, afroecuatorianas y con discapacidad.
Los 6 ejes clave del reglamento
El reglamento despliega una estrategia a través de seis medidas principales para impulsar la economía de las mujeres emprendedoras:
1. Acceso a Financiamiento: La política financiera se orientará a facilitar créditos, en coordinación con las entidades de la banca pública y privada, con condiciones preferenciales para emprendimientos liderados por mujeres.
2. Capacitación: Se fortalecerán las capacidades productivas y empresariales de las mujeres a través del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales y el Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (SECAP).
3. Becas y Recursos Técnicos: La educación superior destinará becas y subvenciones para mujeres emprendedoras en áreas clave como administración y tecnología.
4. Formalización: Se establecerá un procedimiento simplificado para que las emprendedoras formalicen sus negocios a través del Registro Nacional de Emprendimiento, Innovación y la Competitividad.
5. Acceso a Mercados Nacionales: Se difundirán activamente los servicios públicos que faciliten la comercialización de sus productos a nivel local.
6. Articulación Internacional: Se implementarán mecanismos de asistencia técnica y promoción comercial internacional, orientados a la internacionalización de emprendimientos de mujeres.
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Incentivos Financieros y Tributarios
Uno de los puntos más destacados es el artículo sobre incentivos financieros. Las entidades del sistema financiero (público, privado y popular) deberán diseñar productos como líneas de crédito con períodos de gracia, plazos extendidos y requisitos simplificados, adaptados a la realidad de las emprendedoras.
Además, el Servicio de Rentas Internas (SRI) se encargará de difundir los incentivos tributarios previstos en esta y otras leyes relacionadas, como la Ley de Economía Violeta.
Para las mujeres que aún operan en la informalidad, el reglamento ordena la creación de programas de capacitación y asistencia técnica gratuitos, así como campañas informativas para explicar los beneficios y trámites de la formalización.
Asimismo, las entidades públicas y los GADs deberán implementar procedimientos ágiles y la exoneración de tasas administrativas para facilitar el proceso.
El reglamento instruye a las instituciones de educación superior a desarrollar programas de formación técnica, tecnológica y dual alineados con las necesidades del mercado. También deberán instituir sistemas de becas obligatorios para mujeres en carreras vinculadas al emprendimiento y la tecnología.