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Contraloría deberá pagar indemnización por despedir a un empleado tras ejercer su licencia de paternidad

La Corte Constitucional concluyó que la entidad incurrió en discriminación indirecta.

La Corte Constitucional (CC) declaró “la vulneración de los derechos a la igualdad y no discriminación” en el despido de un funcionario de la Contraloría General del Estado (CGE) tras ejercer su licencia de paternidad. Además, dispuso el pago de una reparación económica.

La sentencia fue emitida el pasado 16 de abril, pero se ha hecho pública en los últimos días de mayo. En ella también se menciona que hubo transgresión “al trabajo en su dimensión de protección laboral reforzada por paternidad y al cuidado, así como la afectación al interés superior de la hija del accionante”.

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Todo empezó en junio de 2019, cuando Guillermo obtuvo el nombramiento provisional de secretario de responsabilidades en la Contraloría. Casi un año después, en marzo de 2020, pidió una licencia de paternidad por el nacimiento de su hija.

Pero luego fue notificado con la terminación de su nombramiento provisional y lo reubicaron como especialista de resoluciones de responsabilidades. Para ese momento, el accionante hizo uso de sus vacaciones, que había solicitado con anterioridad, para cuidar de su hija recién nacida en el contexto de la pandemia del COVID-19.

Entonces, Guillermo fue despedido por completo. En mayo de 2022 presentó una acción de protección en contra de la Contraloría y la Procuraduría General del Estado. Posteriormente, una Unidad Judicial Penal de Calderón aceptó el recurso y dispuso su reintegro, pero la CGE apeló y la Corte Provincial de Pichincha aceptó el recurso dejando sin efecto la decisión de primera instancia.

Es así como el padre acudió a la Corte Constitucional con una acción extraordinaria de protección para que revisen su caso.

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$!Padre denunció su despido de la Contraloría tras licencia de paternidad y vacaciones para cuidar a su hija.

Dictamen favorable para Guillermo

Tras años de análisis. Finalmente, la CC concluyó que la Contraloría incurrió en discriminación indirecta al hacer cambios en el nombramiento del accionante mientras estaba con licencia de paternidad y luego despedirlo tras sus vacaciones.

También aceptó la acción de protección y reconoció la vulneración de los derechos del padre. En virtud de lo cual, se ordenan las siguientes medidas de reparación:

  • Declarar que la sentencia constituye, en sí misma, una medida de satisfacción para Guillermo y su familia.
  • Ordenar que la Contraloría pague a Guillermo el monto de USD 1.335 por concepto de reparación en equidad, dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación de la presente sentencia.
  • Disponer que la Contraloría capacite a sus diferentes departamentos jurídicos y de talento humano que se encuentran de manera descentralizada en todo el país sobre el contenido de esta decisión.
  • Disponer que la Defensoría Pública, la Defensoría del Pueblo y el Consejo de la Judicatura publiquen esta sentencia en sus portales web institucionales, incorporando un hipervínculo que dirija al documento completo.
  • Disponer que el Consejo de la Judicatura difunda la sentencia, a través de los correos institucionales dirigidos a las juezas y los jueces de todo el país, dentro del término de 10 días contados desde su notificación.
  • Disponer la devolución de los expedientes al juez de primera instancia para que proceda con su ejecución y verificación integral del cumplimiento de las medidas ordenadas.
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