Los ecuatorianos disfrutarán del último feriado nacional obligatorio de 2025 este jueves 25 de diciembre, con motivo de la Navidad.
Al tratarse de un feriado no recuperable, varias actividades públicas y privadas suspenderán la atención presencial; sin embargo, algunos servicios clave continuarán operando.
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La Asociación de Bancos del Ecuador (Asobanca) informó que durante el feriado de Navidad el sistema financiero se mantendrá activo a escala nacional a través de medios tecnológicos.
Las entidades bancarias privadas atenderán mediante sus aplicaciones móviles, plataformas digitales y cajeros automáticos, los cuales estarán habilitados para retiros y depósitos.
Asimismo, continuarán operando los corresponsales no bancarios, como tiendas, farmacias, supermercados y otros locales comerciales autorizados, donde los usuarios podrán realizar transferencias, retiros y pagos de servicios básicos.
En cuanto a la revisión técnica vehicular, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informó que en Quito los centros de revisión funcionarán hasta las 17:00 del sábado 27 de diciembre. Después de esa hora se suspenderá la atención por el cierre de actividades del año.
En Guayaquil, los horarios se modificarán únicamente por Navidad y Fin de Año. Los días 24 y 31 de diciembre, la revisión técnica vehicular se atenderá desde las 07:00 hasta las 15:00, mientras que el resto de días se mantendrá el horario habitual.
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El 25 de diciembre es un feriado nacional obligatorio y no recuperable, según lo establece el Código del Trabajo. La normativa protege el derecho al descanso de los trabajadores, pero contempla condiciones especiales para quienes deban laborar por la naturaleza de su actividad.
En estos casos, el empleador está obligado a pagar una remuneración con recargo del 100 % sobre el valor de las horas trabajadas, conforme al artículo 55, numeral 4 del Código del Trabajo. Esto significa que cada hora laborada en Navidad debe pagarse al doble de su valor habitual.
La ley también aclara que no se puede sustituir este pago con un día de descanso compensatorio, ya que el trabajo en feriados nacionales como Navidad debe ser cancelado obligatoriamente con el recargo correspondiente.