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IESS: lista de condiciones que permiten acceder a la jubilación por invalidez en Ecuador

Para acceder al beneficio se requiere un dictamen médico oficial y seis meses de tratamiento previo. Aquí los detalles.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ofrece a sus afiliados la posibilidad de acceder a la jubilación por invalidez, un beneficio destinado a quienes enfrentan enfermedades o condiciones de salud que les impiden continuar trabajando.

Esta pensión busca proteger a los asegurados que, tras un diagnóstico médico y un proceso de evaluación, ya no pueden desempeñar ninguna actividad laboral.

$!La Resolución 553 del IESS define los criterios para calificar la incapacidad laboral.

¿En qué casos aplica la jubilación por invalidez?

De acuerdo con la Resolución 553 del IESS, la jubilación por invalidez puede solicitarse cuando el afiliado presenta una enfermedad crónica, irreversible o que no responde a tratamiento, siempre que esta genere una incapacidad que imposibilite ejercer la profesión u ocupación habitual.

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El proceso exige al menos seis meses de seguimiento terapéutico y la emisión de un dictamen médico técnico oficial, que determinará si la persona cumple con los criterios establecidos. Entre las condiciones aceptadas se encuentran:

  • Enfermedades crónicas que dejan secuelas pese a recibir tratamiento.
  • Afectaciones físicas, funcionales o mentales que impiden toda actividad laboral.
  • Patologías no relacionadas con accidentes de trabajo ni enfermedades profesionales.
  • Condiciones no congénitas ni hereditarias que afecten la continuidad de la labor.
  • En contraste, el IESS no aprobará la jubilación por invalidez en casos de incapacidad derivada de consumo de alcohol, drogas, intentos de suicidio, delitos intencionales o cuando no se cumplen los criterios médicos definidos.

    $!Afiliados activos deben tener al menos 60 aportaciones y estar al día en sus obligaciones.

    Requisitos para afiliados activos

    Los asegurados en actividad que deseen solicitar esta pensión deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con al menos 60 aportaciones acumuladas.
  • Haber registrado 6 aportaciones consecutivas previas al inicio de la incapacidad.
  • Estar al día en pagos y no mantener mora con el IESS.
  • No haber solicitado jubilación por vejez o discapacidad previamente.
  • No tener registrado un aviso de accidente o enfermedad profesional relacionado con la misma condición.
  • Poseer una cuenta bancaria personal y activa en el sistema del IESS.
  • Haber recibido tratamiento médico por un mínimo de seis meses sin resultados positivos.
  • Requisitos para afiliados cesantes

    En el caso de quienes ya no mantienen relación laboral, la incapacidad debe haberse producido en un plazo máximo de dos años posteriores al cese. Además, es indispensable haber acumulado al menos 120 aportaciones en la vida laboral.

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    La jubilación por invalidez es un derecho que protege a los afiliados ante situaciones de salud críticas, pero requiere de un riguroso proceso de verificación médica y del cumplimiento estricto de las normativas establecidas por el IESS.

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