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Daniel Noboa decreta que sueldos del sector salud y educación se paguen con recursos petroleros en 2026

Se autoriza financiar los egresos permanentes de los sectores de salud, educación y justicia con ingresos no permanentes.

El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó este jueves 30 de octubre de 2025 el Decreto Ejecutivo No. 199, mediante el cual se autoriza financiar los egresos permanentes de los sectores de salud, educación y justicia con ingresos no permanentes.

La medida implicaría que, durante el ejercicio fiscal 2026, los salarios de médicos, docentes y funcionarios judiciales podrán pagarse con recursos provenientes del petróleo.

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El documento establece una “excepcionalidad” para cubrir egresos permanentes con ingresos no permanentes, una medida que se aplicará al Presupuesto General del Estado (PGE) del próximo año. Esta disposición fue emitida tras la recomendación del Ministerio de Economía y Finanzas, que deberá ejecutar y supervisar su cumplimiento.

En el artículo 1, el decreto declara la excepcionalidad para financiar los gastos en salud, educación y justicia con ingresos no permanentes, mientras que en el artículo 2 se dispone al Ministerio de Finanzas incluir esta medida en la proforma presupuestaria de 2026.

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Asimismo, el artículo 3 faculta al ente rector de las finanzas públicas a emitir la normativa necesaria para elaborar reportes de la proforma y liquidación presupuestaria que reflejen el uso de estos recursos.

En las disposiciones generales, se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá emitir directrices para reestructurar los presupuestos institucionales de las entidades de salud, educación y justicia, garantizando que se cumplan las reglas fiscales correspondientes.

Artículo 1.- Declárese la excepcionalidad para financiar los egresos permanentes para salud, educación y justicia, con ingresos no permanentes, para el Presupuesto General del Estado del ejercicio fiscal 2026, acogiendo la recomendación del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 2.- Disponer al Ministerio a cargo de las finanzas públicas, como ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, hacer constar la excepcionalidad prevista en el artículo primero del presente Decreto Ejecutivo, en el Presupuesto General del Estado del ejercicio fiscal 2026.
Artículo 3.- Facúltese al Ministerio de Economía y Finanzas a emitir, de ser el caso, la normativa necesaria para la emisión y verificación de los reportes que contengan información consolidada de la proforma presupuestaria y de la liquidación presupuestaria.

El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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