El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el reglamento que permitirá poner en marcha la Ley Orgánica para Impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras del Ecuador.
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Según destacó el Ejecutivo, la normativa busca promover el empoderamiento económico femenino a través de financiamiento, capacitación y acceso a oportunidades de mercado.
El reglamento está dirigido a todas las mujeres emprendedoras del país, formalizadas o no, siempre que estén inscritas en el Registro Nacional de Emprendimiento, Innovación y la Competitividad.
Según el documento, se priorizará la participación de mujeres en situación de vulnerabilidad, incluyendo migrantes retornadas, rurales, indígenas, afroecuatorianas y con discapacidad.
El reglamento despliega una estrategia a través de seis medidas principales para impulsar la economía de las mujeres emprendedoras:
1. Acceso a Financiamiento: La política financiera se orientará a facilitar créditos, en coordinación con las entidades de la banca pública y privada, con condiciones preferenciales para emprendimientos liderados por mujeres.
2. Capacitación: Se fortalecerán las capacidades productivas y empresariales de las mujeres a través del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales y el Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (SECAP).
3. Becas y Recursos Técnicos: La educación superior destinará becas y subvenciones para mujeres emprendedoras en áreas clave como administración y tecnología.
4. Formalización: Se establecerá un procedimiento simplificado para que las emprendedoras formalicen sus negocios a través del Registro Nacional de Emprendimiento, Innovación y la Competitividad.
5. Acceso a Mercados Nacionales: Se difundirán activamente los servicios públicos que faciliten la comercialización de sus productos a nivel local.
6. Articulación Internacional: Se implementarán mecanismos de asistencia técnica y promoción comercial internacional, orientados a la internacionalización de emprendimientos de mujeres.
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Uno de los puntos más destacados es el artículo sobre incentivos financieros. Las entidades del sistema financiero (público, privado y popular) deberán diseñar productos como líneas de crédito con períodos de gracia, plazos extendidos y requisitos simplificados, adaptados a la realidad de las emprendedoras.
Además, el Servicio de Rentas Internas (SRI) se encargará de difundir los incentivos tributarios previstos en esta y otras leyes relacionadas, como la Ley de Economía Violeta.
Para las mujeres que aún operan en la informalidad, el reglamento ordena la creación de programas de capacitación y asistencia técnica gratuitos, así como campañas informativas para explicar los beneficios y trámites de la formalización.
Asimismo, las entidades públicas y los GADs deberán implementar procedimientos ágiles y la exoneración de tasas administrativas para facilitar el proceso.
El reglamento instruye a las instituciones de educación superior a desarrollar programas de formación técnica, tecnológica y dual alineados con las necesidades del mercado. También deberán instituir sistemas de becas obligatorios para mujeres en carreras vinculadas al emprendimiento y la tecnología.