Nacional

Dos madres quieren inscribir a su hija con los apellidos de ambas: Corte Constitucional analiza el caso

El juez sustanciador, Raúl Llasag, convocó a todas las partes para una audiencia reservada el 30 de enero antes de que el pleno emita una resolución.

Dos madres piden que su hija sea inscrita en el Registro Civil con los apellidos de ambas. El caso es analizado por la Corte Constitucional (CC), que llevará a cabo una audiencia reservada el próximo 30 de enero antes de resolver si acepta o no la acción extraordinaria de protección, presentada por las afectadas.

El expediente fue admitido a trámite en abril del 2024 en contra de dos sentencias de primera y segunda instancia de la justicia ordinaria en la provincia de El Oro, las cuales negaron una acción de protección que buscaba inscribir a la pequeña con dos apellidos.

Revise también: Protocolos para niños trans en Ecuador: se aviva el debate tras un fallo constitucional y otro caso que está en proceso

El caso nació a raíz de que ‘Sara’ y ‘Catalina’, una pareja homoparental, no lograron concebir a un bebé, por lo que recurrieron a una reproducción asistida “artesanal o casera”.

Posteriormente, las accionantes acudieron al Registro Civil para inscribir a la niña con los apellidos de la familia, pero la entidad rechazó la solicitud “al carecer de un certificado médico de un centro de reproducción asistida”. Es decir, el método utilizado no constaba en la normativa técnica.

Debido a que la pareja requería solventar algunos asuntos relacionados con el parto, la pequeña fue inscrita solo con el apellido de una de las madres.

Lea también: Conmoción en Francia por el suicidio de una estudiante transgénero que fue expulsada

PROCESO JUDICIAL

Las accionantes alegan que se vulneraron los derechos constitucionales de su hija al impedir su inscripción con doble filiación materna, pese a que sus madres estaban casadas antes de su nacimiento.

Es así como las madres presentaron una acción de protección en contra de la Dirección General de Registro Civil. Sin embargo, la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Machala rechazó la solicitud al “no demostrar el principio de verdad biológica”.

Agregó que el Registro Civil sí cumplió con lo establecido en la normativa al requerir el certificado médico del centro de reproducción asistida y concluyó que la menor de edad está inscrita conforme al informe estadístico de nacido vivo, el único documento probatorio.

Luego, las madres acudieron a una segunda instancia en la Corte Provincial de El Oro, pero esta entidad también rechazó la acción y confirmó la sentencia inicial.

Lea también: Automedicación, atención no calificada o clandestina, los riesgos de la transición en la población trans porque no cuenta con acceso a la salud

$!Madres piden a la Corte Constitucional que el Registro Civil inscriba a su hija con los apellidos de las dos.

PROCESO CONSTITUCIONAL

El siguiente paso fue presentar una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional en contra de las sentencias emitidas por la justicia ordinaria.

Las madres alegan que se han vulnerado “los derechos a la igualdad y no discriminación, a la identidad, al interés superior del niño, y al reconocimiento de diversos tipos de familia”.

Por ello, piden a la CC que declare la vulneración de derechos y emita medidas de reparación como: la inscripción de la niña con ambos apellidos de la familia, disculpas públicas y la emisión de normativa de no repetición.

Bajo este contexto, el juez sustanciador Raúl Llasag convocó a las madres a una audiencia reservada el pasado 9 de enero del 2026 y ahora ha llamado a todas las partes para una nueva diligencia el 30 de enero antes de que el pleno emita una resolución.

Revise también: Nuevo enfrentamiento entre la Corte Constitucional y Daniel Noboa por concesión eléctrica a privados

SENTENCIA PODRÍA CREAR PRECEDENTE

La Asociación Silueta X, como parte de la Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBTIQ+, aseguró que el proceso constitucional “representa un paso crucial en la lucha por el reconocimiento pleno de las familias diversas en Ecuador”.

“Este caso destaca la persistente discriminación institucional que enfrentan las parejas del mismo sexo al intentar inscribir a sus hijas e hijos con ambos apellidos, vulnerando derechos constitucionales como la igualdad, la no discriminación, la identidad y el interés superior de la niñez”, dijo la organización.

Agregó que existen precedentes como el caso Satya (Sentencia 184-18-SEP-CC de 2018), que permitió el registro de nacimientos por reproducción asistida en parejas homoparentales, “la negativa del Registro Civil en este escenario por falta de certificado médico de un centro especializado evidencia la necesidad de normativas inclusivas y adaptadas a realidades diversas”.

Más leídas
 
Lo más reciente