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Nacional

Protocolos para niños trans en Ecuador: se aviva el debate tras un fallo constitucional y otro caso que está en proceso

Tras fallo de la Corte Constitucional, Ministerio de Educación debe crear protocolos para niños transgénero.

    
jueves, 16 enero 2025 - 10:04
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Controversia en redes sociales luego de que se difundiera una sentencia de la Corte Constitucional, en la que se ordena al Ministerio de Educación crear protocolos para niños transgénero. Esto luego de que se demostrara que una menor de edad, de nacionalidad española, sufrió discriminación en una escuela de la provincia de Santa Elena. ¿Qué dice el fallo y cuáles son sus implicaciones?

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El caso se remonta al 2017, cuando la Defensoría del Pueblo, en representación de la madre y el padre de la niña C.L.A.G, presentó una acción de protección en contra de una Unidad Educativa y del Distrito de Educación por la omisión de dar acompañamiento a la niña en su proceso de transición de género, ya que la escuela insistió en tratarla como niño.

La familia de la niña, quien en ese entonces tenía cinco años, relató que se vulneraron los derechos a la igualdad formal, material, no discriminación, salud, desarrollo integral, educación e intimidad personal.

Esto porque la institución educativa no aplicó protocolos de actuación frente a este tipo de situaciones, “generando espacios indebidos y negativos para el desarrollo integral de su hija”, dice la sentencia.

Los padres contaron que su hija era apartada de la formación de niñas, la obligaban a formarse con los niños, y no le permitían utilizar su nombre social. “Muchas veces nos contaba mi hija que los demás niños incluso llegaban a burlarse de ella y a llamarla loca. Tampoco le dejaban utilizar el baño de las niñas”, aseguró el padre en una audiencia.

Además, la excluían de actividades sociales y “lo único que se le permitió fue utilizar las vinchas y llevar un poco largo el pelo”. La familia decidió cambiar de institución a la pequeña, pero eso implicaba ocultar su identidad.

Frente a esto, la Defensoría del Pueblo, acompañante de la familia, interpuso una acción de protección contra la institución educativa y el Distrito, pero la una Unidad Judicial de Santa Elena negó el recurso. Luego, apeló y la Corte Provincial de Justicia volvió a rechazar la petición.

Al ver esta panorama, la familia dijo que abandonó su sueño de un “futuro prometedor en Ecuador” y regresó a España, país de origen de los afectados.

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$!El debate sobre la niñez transgénero ha vuelto a las redes sociales tras dos casos.

¿QUÉ DIJO LA ESCUELA?

Sin embargo, la Defensoría del Pueblo continuó con el proceso e interpuso una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional. La causa recayó en la jueza Alejandra Cárdenas Reyes.

Durante el control constitucional, la Unidad Educativa argumentó que “no existe un desarrollo normativo claro y específico para tratar los temas de niños que reivindican una identidad de género diverso”. Además, apuntó que en la Unidad Distrital le manifestaron que “debemos referirnos (a la niña) de acuerdo a como conste en los registros de la matrícula”.

La escuela también indicó que siguió una serie de “prácticas permisivas”: se unificaron las columnas de las niñas y los niños, se le permitió utilizar los accesorios que considerara pertinente y en un festival se permitió que vaya como conejita. Pero no le aceptaron utilizar el baño de niñas, a cambio podía acudir al baño de profesores. También, argumentó que su profesora la llamaba por su nombre social.

Por su parte, el Ministerio de Educación concluyó que la Unidad Educativa se negó a seguir las recomendaciones dictadas por el Distrito de Educación y que presentó un escrito en el que sostuvo que “la niña tiene sexo masculino, (por ende) debe ceñirse a las disposiciones en relación al uso de uniforme”. La cartera de Estado inició un procedimiento disciplinario contra la escuela, pero luego lo archivó.

En tanto, la Unidad Judicial negó la acción de protección porque consideró que “no se vulneraron derechos constitucionales” y la Corte Provincial, en cambio, resaltó que un menor de edad “no tiene capacidad para escoger libremente su vida sexual sino, solamente cuanto posea la mayoría de edad”.

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$!Corte Constitucional emitió su fallo a finales del 2024 en relación al caso de Santa Elena.

RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL

Tras analizar los argumentos de cada parte, la Corte Constitucional determinó que la escuela no permitió que la niña “pudiera expresar su identidad plenamente y perpetuaron barreras sociales y estructurales”. En segundo lugar, la exigencia de la institución educativa de presentar un informe de “transexualidad” y la negativa a utilizar de forma consistente el nombre social de la niña, “contribuyeron a una experiencia escolar que vulneró directamente el derecho de C.L.A.G. a la educación”.

También recalca que los menores de edad no pueden ser tratados como personas incapaces o incompetentes para tomar decisiones y que la niña no fue escuchada sobre su proceso de transición de género.

“Era consciente de que su realidad biológica no se correspondía con su sentimiento de género en ese entonces, percepción que, según los registros presentados en el expediente, se mantiene al menos hasta la fecha de la audiencia reservada”, dice la sentencia.

Bajo esos y otros argumentos, la Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección y declaró la vulneración del derecho al debido proceso tanto en la Unidad Judicial como en la Corte Provincial de Santa Elena.

Como medida de reparación, se dispuso que la Unidad Educativa tiene 30 días, desde la notificación de la sentencia, para pedir disculpas mediante una carta privada a la niña y sus padres. El documento debe ser enviado a España a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Mientras que el Ministerio de Educación y otras instituciones deben modificar el código de convivencia de la institución educativa en un plazo máximo de 180 días. Asimismo, en ese mismo tiempo, la cartera de Estado tiene que diseñar un protocolo de acompañamiento a niñas, niños y adolescentes, de conformidad con la “guía de orientaciones técnicas para prevenir y combatir la discriminación por diversidad sexual e identidad de género en el sistema educativo nacional”.

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$!Parte de la carta que la institución debió haber enviado a la niña y familia afectada.

CONTROVERSIA

En redes sociales este tema ha generado una serie de reacciones. Ana Belén Cordero, candidata a la Asamblea por CREO, se ha manifestado en contra de la sentencia antes expuesta, pero también sobre una causa que aún sigue en trámite en la Corte Constitucional.

Se trata de otra niña transgénero de Quito que pide el cambio de nombres en su cédula. Por ello, sus padres interpusieron una acción de protección en contra del Registro Civil, ya que se negó a marginar la inscripción de nacimiento de la menor.

Ante este caso, Cordero junto a Erwin Ronquillo, exsecretario Técnico de Ecuador Crece sin Desnutrición Infantil (2021 - 2023), interpusieron un amicus curiae “para defender los derechos de nuestros niños y de las familias ecuatorianas”.

Un niño pequeño ni siquiera puede elegir el sabor de su helado, peor va a poder elegir su sexo. La Corte Constitucional prioriza dentro de las garantías constitucionales este caso, no solo para reconocer en la cédula de identidad el cambio de sexo a los menores de edad, sin siquiera el consentimiento de sus padres, sino que esto abre las puertas a las cirugías de cambio de sexo en menores de edad, terapias de hormonización y bloqueos de pubertad”, aseguró Cordero en un video publicado en sus redes sociales.

Por su parte, Christian Paula, abogado de los padres de la niña y miembro de la Fundación Pakta, dijo a Vistazo que no se pronunciará sobre el caso porque está siendo utilizado con fines políticos, a propósito de las próximas elecciones.

El caso de la niña transgénero de Quito siegue en trámite y, al tratarse de un menor de edad, el expediente es privado, por lo que se desconoce el alcance que podría tener una posible sentencia.

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