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Hasta el 30 de septiembre se puede solicitar el alivio financiero a los bancos y cooperativas

Las cuotas diferidas se podrán trasladar al final de la tabla de amortización.

El 30 de septiembre de 2025 es el último día para aplicar al alivio financiero en los bancos públicos y privados, además de las cooperativas de ahorro y crédito en Ecuador. Esta medida permite el diferimiento de varias cuotas, sin que se cobren costos legales ni tarifas, y tampoco generarán interés por mora.

La disposición de la Junta de Política y Regulación Financiera señala que los sectores financieros público y privado podrán aplazar hasta por 180 días o seis meses el pago de las cuotas por vencer de los créditos vigentes al 31 de marzo de 2025 o al momento de la instrumentación del mecanismo.

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Las cuotas diferidas se podrán trasladar al final de la tabla de amortización correspondiente. Además, las entidades financieras podrán determinar el cobro o no de los intereses de las cuotas diferidas, cuya condición deberá ser notificada expresamente al cliente.

Este mecanismo de diferimiento podrá ser aplicado hasta el 30 de septiembre de 2025.

Según la Junta, este mecanismo de diferimiento se podrá realizar por pedido del cliente o por iniciativa de las entidades financieras acreedoras, aplicando procedimientos de notificación e instrumentación que sean pertinentes. En este último caso, el diferimiento se aplicará sólo cuando el cliente señale su aceptación de forma expresa, por cualquier medio.

Las cuotas diferidas a través del alivio financiero no generan interés por mora ni costos extras

El diferimiento temporal y extraordinario de operaciones de crédito no constituye una nueva operación y, por lo tanto, no se cobrarán costos legales ni tarifas, y las cuotas diferidas no generarán interés por mora.

Esta disposición rige a los bancos privados públicos y privados, así como a las cooperativas de ahorro y crédito y otras entidades del sector financiero popular y solidario.

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Para solicitar el alivio financiero, el cliente o el socio debe acercarse a la entidad financiera con la que tiene un crédito vigente. Varias instituciones han incluido canales de atención telefónicas y digitales para solicitar asesoría e iniciar el proceso.

Esta ayuda financiera fue establecida en la Ley Orgánica para impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 758 del 10 de marzo de 2025. Allí se dispone que los bancos y las cooperativas aplicarán alternativas de alivio financiero en favor de sus deudores, estableciendo programas de diferimiento extraordinario de las obligaciones por seis meses.

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