Nacional

Gobierno suspende transmisión de canal de televisión indígena en medio del paro nacional

Arcotel dispuso la medida para “precautelar el orden público y la seguridad nacional”.

En el marco del paro nacional indefinido convocado por el movimiento indígena, el Gobierno de Daniel Noboa dispuso la suspensión temporal de un canal de televisión que opera en varios cantones de la Sierra.

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La medida fue ejecutada por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), mediante resolución emitida el 23 de septiembre de 2025, que ordena la suspensión de las transmisiones del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi (MICC), responsable del canal UHF 47.

De acuerdo con el oficio, la decisión está amparada en el artículo 180 del Código Orgánico Administrativo y en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, bajo el argumento de “precautelar el orden público y la seguridad nacional”.

En este caso concreto, se dispuso la suspensión de emisiones del canal 47 UHF que opera en Latacunga, Ambato, Salcedo, Quero, Pelileo, Cevallos, Santiago de Píllaro y Tisaleo.

Por último, se notificó al Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi (MICC), operador del canal UHF 47, que la suspensión de sus emisiones regirá por un plazo de quince días, contados a partir de la notificación.

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MICC denuncia censura

El Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi calificó como un acto de censura la suspensión temporal de la señal de TV MICC, "que busca silenciar la voz de los pueblos que denuncian la precaria gestión de Daniel Noboa".

En un comunicado difundido este 24 de septiembre, el MICC denunció ante el país y la comunidad internacional "la suspensión arbitraria" de la señal de TV MICC, medio comunitario que durante años ha servido como voz de las comunidades indígenas, campesinas y sectores populares de la región.

La organización señaló que la decisión del Gobierno vulnera la libertad de expresión, la comunicación y la resistencia. Agregaron que esta suspensión constituye:

  • Una violación al artículo 16 de la Constitución, que garantiza el derecho a la libre expresión y a fundar medios de comunicación comunitarios.
  • Un atropello al artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y al artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que protegen el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio.
  • Un intento de criminalizar y silenciar la voz del movimiento indígena y campesino en Cotopaxi y en todo el país.
  • Asimismo, el MICC hizo varias exigencias, entre ellas la inmediata restitución de la señal de TV MICC, así como "el cese de las prácticas autoritarias y de censura contra los medios comunitarios".

    La organización enfatizó la necesidad de garantizar el respeto irrestricto a la libertad de expresión y al derecho de las comunidades a comunicar su realidad "sin mordazas".

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