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Contraloría pide nueva declaración patrimonial a personas expuestas políticamente: este es el plazo

Conozca la lista de funcionarios que deberán presentar una nueva declaración patrimonial hasta el 31 de agosto.

La Contraloría General del Estado informó este miércoles 30 de julio que los funcionarios, que son considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP), deberán presentar una nueva declaración patrimonial hasta el 31 de agosto del 2025.

La entidad manifestó que este requisito llega luego de que entrara en vigencia la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos, la cual reformó la Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas.

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Las unidades de administración de talento humano o quien haga sus veces serán las encargadas de alertar a los servidores públicos, que en razón de su cargo son considerados PEP, para que cumplan con la obligación de registrar la información requerida en la declaración patrimonial jurada de inicio de gestión, periódica o de fin de gestión.

Esta nueva declaración patrimonial jurada debe presentarse entre el 1 y 31 de agosto de 2025. El trámite es gratuito y se realiza únicamente en la página web de la Contraloría.

“El organismo de control, de conformidad con sus facultades constitucionales verificará el cumplimiento de esta disposición; su incumplimiento será considerado como falta grave y sancionada en los términos que prevé la Ley Orgánica de Servicio Público”, advierte la entidad.

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$!Funcionarios públicos deberán presentar nueva declaración patrimonial.

¿QUÉ DATOS SOLICITA LA CONTRALORÍA?

  • Posiciones actuales mantenidas fuera de la función pública, ya sean remuneradas o no, en el país y en el extranjero.
  • Fuentes de ingresos adicionales al cargo público, detallando el tipo de ingreso, la fuente, y su valor, percibidos en el país y en el extranjero.
  • Remuneración a percibir en el cargo público.
  • Sociedades, fideicomisos, arreglos jurídicos y bienes de los cuales sea el beneficiario final el declarante, su cónyuge e hijos menores de edad, en el país y en el extranjero.
  • Derechos de representación otorgados o adquiridos.
  • ¿QUIÉNES DEBEN PRESENTAR LA NUEVA DECLARACIÓN?

    Las personas que desempeñen o vayan a desempeñar cargos públicos del nivel jerárquico superior, tales como:

  • Todos los cargos de libre elección popular
  • Desde el grado 5 al 10 de la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico superior y sus equivalencias.
  • Subgerentes de Área
  • Directores, Gerentes, Subgerentes, Asesores, Coordinadores de las Empresas Públicas Estatales.
  • En Fuerzas Armadas y Policía Nacional, desde Teniente Coronel; En la Fuerza Naval, desde Capitán de Fragata.
  • Alcaldes, Vicealcaldes, Concejales, Administradores, Comisarios, Directores, Gerentes, Subgerentes, Asesores, Coordinadores, de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, y de sus Empresas Públicas.
  • Asambleístas principales y suplentes y los directivos de libre nombramiento y remoción de la Asamblea Nacional.
  • Gobernadores e Intendentes.
  • Prefectos, Viceprefectos, Consejeros, Directores de las Prefecturas.
  • Diplomáticos, embajadores, cónsules (Cumpliendo delegaciones por parte del Ecuador en el extranjero, y aquellos que se encuentran en el país en representación de otro Estado).
  • Magistrados, Jueces, Conjueces, Fiscales, Presidente y Vocales, Director General y Provinciales, Asesores Nacional y Provinciales, Coordinadores Nacionales y Provinciales del Consejo Nacional de la Judicatura.
  • Gerentes y Directores de Hospitales, de Centros o Unidades de Salud.
  • Directores del Ministerio de Educación
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