El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, remitió este lunes a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica de Innovación y Fortalecimiento de la Gestión Pública, calificado como urgente en materia económica.
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La propuesta presentada por el Ejecutivo, que deberá ser sometida a debate para una potencial aprobación en el hemiciclo, tiene como objetivo implementar mecanismos de innovación en la contratación pública, con el fin de mejorar la eficiencia del sector y combatir la corrupción.
“Nosotros tenemos un Sistema Nacional de Contratación Pública (Sercop) del año 2008, que tiene más de 30 tipos de procedimientos de contratación pública. Esto se ha vuelto inmanejable para los servidores públicos y con un alto riesgo de responsabilidades administrativas, civiles y penales”, explicó el secretario jurídico de la Presidencia Stalin Andino, tras la remisión del proyecto de Ley.
“Lo que lo que hace este proyecto de ley es simplificar. Quedarnos con cinco procedimientos de contratación pública en donde prime el concurso, que sea de forma abierta, en donde prime también la transparencia y que se fortalezcan los sistemas tecnológicos”, indicó, al hablar sobre el alcance de los cambios propuestos.
El funcionario recalcó que el proyecto de Ley reviste los controles de procedimientos automatizados, bajo estándares objetivos para que “el criterio del servidor público” no pueda variar en cada proceso. Esto, de acuerdo al Gobierno, prevendría prácticas de corrupción.
Además, el nuevo cuerpo normativo constituye como objetivos prioritarios del Estado, en materia de contratación pública, los siguientes:
En sintonía con lo que declaró Andino, el proyecto de Ley dicta que el SERCOP realice el control del cumplimiento de la normativa en las contrataciones que cursen la fase precontractual por medio de la utilización de herramientas tecnológicas automatizadas y criterios de control objetivos, oportunos y previamente establecidos.
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“Para ejercer el control del Sistema, el SERCOP podrá solicitar información a entidades públicas o privadas que crea conveniente, las que deberán proporcionarla en forma obligatoria y gratuita en un término máximo de tres días de producida la solicitud”, señala el texto.