Estos son los requisitos e inhabilidades para postular como vocal del CPCCS: no debe afiliarse a partidos políticos
El instructivo actualizado por el CNE establece los requisitos, prohibiciones e inhabilidades que deberán cumplir los aspirantes a integrar el CPCCS.
El Consejo Nacional Electoral aprobó las reformas al instructivo que regirá el proceso de recepción de postulaciones, verificación de requisitos y calificación de candidaturas para la elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) correspondiente a 2027.
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Según el calendario electoral, el periodo de inscripción de candidaturas se desarrollará del 12 al 25 de junio de 2026.
El instructivo actualizado establece los requisitos, prohibiciones e inhabilidades que deberán cumplir los aspirantes a integrar el CPCCS.
Requisitos para candidatizarse
Para postularse a consejera o consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, se requiere:
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Prohibiciones para ser candidato
Además de las prohibiciones establecidas en la Constitución de la República del Ecuador y demás normativa aplicable para ser candidatas o candidatos de elección popular, no podrán postularse, ser candidatos, ser designados, ni desempeñarse como consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, quienes:
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Los postulantes deberán presentar una declaración juramentada en la que manifiesten no incurrir en las prohibiciones e inhabilidades previstas en este artículo.
El formato de esta declaración juramentada será publicado por el Consejo Nacional Electoral en la página web institucional.