Caso María Rebeca Morocho: ¿por qué fue indultada por el presidente Daniel Noboa?

Estos son los hechos por los que fue condenada y los requisitos legales que cumplió para obtener el perdón presidencial.

El presidente Noboa concedió un indulto a una mujer que cumplía una condena por estafa.
Julissa Suárez

El presidente Daniel Noboa otorgó este 12 de septiembre de 2025 el indulto a María Rebeca Morocho Sisalema, quien cumplía una condena por estafa desde junio de 2024.

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La decisión se oficializó mediante el Decreto Ejecutivo 119, con el cual el primer mandatario perdonó la pena privativa de libertad, aunque aclaró que las sanciones económicas se mantienen vigentes.

María Rebeca Morocho: Condena y razones del indulto

Morocho había sido sentenciada a cinco años de prisión, al pago de USD 3.000 de indemnización y una multa equivalente a 12 salarios básicos. Según documentos oficiales, ya había cancelado la reparación en 2021 y ofrecido disculpas públicas en una asamblea comunitaria, lo que fue tomado como parte de su arrepentimiento.

Durante su permanencia en el Centro de Rehabilitación Social de Chimborazo n.º 3, el SNAI reportó que no registró faltas disciplinarias. Un informe jurídico de la Presidencia también respaldó el indulto al constatar que cumplía con los requisitos legales y que su delito no está dentro de los excluidos, como genocidio, tortura o desaparición forzada.

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El decreto puntualiza que el indulto no elimina la obligación de cumplir con la multa económica ni con la reparación a la víctima.

¿Qué significa un indulto presidencial en Ecuador?

El indulto presidencial es una figura contemplada en el artículo 74 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Permite al jefe de Estado reducir o perdonar penas a personas privadas de libertad que demuestren buena conducta, reparación del daño y arrepentimiento.