¿Qué pasa cuando una cooperativa entra en liquidación y cómo pueden recuperar el dinero sus socios y clientes?
Al momento en que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) resuelve la liquidación forzosa de una entidad, se activa un esquema de protección al usuario financiero.
Más de una treintena de cooperativas de ahorro y crédito (COAC) han entrado en proceso de liquidación forzosa en Ecuador. La intervención de estas entidades suele desatar alarma entre sus socios, al no saber qué va a pasar con sus depósitos. Sin embargo, el marco regulatorio ecuatoriano cuenta con un protocolo de contención para resguardar el patrimonio de los ahorristas.
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Aquí te mostramos cómo ocurre este proceso y las vías legales que cuentan los depositantes para recuperar sus fondos, a través de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (COSEDE).
1: La intervención de las cooperativas en Ecuador
En el momento en que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) resuelve la liquidación forzosa de una entidad, se activa de inmediato un esquema de protección al usuario financiero con el fin de reducir el impacto para los socios y clientes de la entidad.
Como primera opción, el organismo técnico evalúa la viabilidad del proceso de Exclusión y Transferencia de Activos y Pasivos (ETAP), una figura legal que permite migrar los depósitos y parte de los activos sanos de la cooperativa en problemas hacia una institución financiera solvente.
De concretarse la operación, los socios pasan a ser clientes de la entidad receptora, recuperando el acceso a sus recursos sin mayores interrupciones.
2: Activación del Seguro de Depósitos de COSEDE
Cuando la transferencia de activos no resulta factible o resulta insuficiente para la totalidad de los depositantes, se activa el Seguro de Depósitos que administra la COSEDE. Este fondo cubre productos financieros como cuentas de ahorro, cuentas corrientes y depósitos a plazo fijo.
La gerente general de la institución, Raquel Salazar, explica que en estos casos la entidad interviene garantizando la protección de los depósitos de los socios y clientes de las entidades financieras en liquidación, dentro de los límites de cobertura establecidos en la normativa vigente. Para ello, coordina con el liquidador designado por el organismo de control la recepción y validación de la información de los depositantes, con el objetivo de ejecutar el pago del Seguro de Depósitos.
3: Techos de cobertura para los depositantes
Salazar recalca que el seguro opera de forma independiente por persona y entidad. Esto significa que una misma persona puede estar protegida simultáneamente en más de una entidad financiera.
En el caso de que una persona mantenga depósitos en dos cooperativas distintas, la cobertura se calcula de manera independiente en cada una de ellas.
La restitución de valores mediante el Seguro de Depósitos está sujeta a límites máximos diferenciados, los cuales se fijan en función del volumen de activos y el segmento al que pertenece la cooperativa:
Segmento 1: Cobertura de hasta USD 32.000 por depositante.
Segmento 2: Cobertura de hasta USD 11.290.
Segmento 3: Cobertura de hasta USD 5.000.
Segmento 4: Cobertura de hasta USD 1.000.
Segmento 5: Cobertura de hasta USD 1.000.
Por ejemplo, dependiendo al segmento que pertenezca la cooperativa, existen máximos a entregar por depositante.
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4: Cuando los valores exceden los techos de cobertura
Los usuarios cuyos saldos superan la cobertura máxima del seguro no pierden su excedente, pero deben someterse a la fase concursal de la liquidación.
En este escenario, el liquidador designado asume la recuperación de la cartera de crédito adeudada y la venta de los bienes e inmuebles de la cooperativa. Con la liquidez generada, se cancelan los pasivos respetando estrictamente el orden de prelación legal fijado en el artículo 315 del Código Orgánico Monetario y Financiero, donde los depositantes cobran según la disponibilidad real de activos.
5: Tiempos de respuesta y canales de cobro
El proceso de devolución tiene dos fases:
Validación de la base de datos: El liquidador depura la lista oficial de beneficiarios y sus saldos. Esta etapa toma un promedio de 25 días, dependiendo del estado de los archivos de la entidad.
Ejecución del desembolso: Tras recibir el padrón auditado, la COSEDE efectúa la devolución. "El tiempo promedio de pago se ha reducido a aproximadamente 2 días, gracias a la modernización y agilización de los procesos de devolución", remarca Salazar.
La restitución de los fondos se realiza mediante transferencia directa a la cuenta bancaria del socio o cliente o a través de las entidades financieras habilitadas como agentes pagadores.
En el caso de que los beneficiarios estén pasando por una enfermedad u otro contratiempo de fuerza mayor, el cobro puede tramitarse a través de apoderados o representantes legales debidamente acreditados.
En caso de fallecimiento de los socios o clientes, los herederos legítimos pueden reclamar los valores cumpliendo el proceso legal y la presentación de documentos pertinentes.
Hasta la fecha, la COSEDE reporta desembolsos por USD 228,3 millones en coberturas derivadas de la liquidación forzosa de cooperativas. En total ha restituido sus fondos a un total de 452.877 depositantes en el país.