Nacional

Municipio de Guayaquil insta pago del impuesto del 1,5 por mil: quiénes deben declarar, cómo calcularlo y pagarlo

Este impuesto se declara y paga una vez al año y el Cootad establece varias exenciones.

El Municipio de Guayaquil instó, este lunes 4 de mayo, a los contribuyentes con actividad económica en la ciudad a cumplir con la declaración y pago del Impuesto del 1,5 por mil.

LEA TAMBIÉN | Aduana reduce el ingreso de licor sin impuestos: viajeros solo podrán traer hasta 3 litros desde el 4 de mayo

A continuación puede conocer quiénes están obligados a cumplir con este tributo, cómo se calcula el valor, las posibles exoneraciones y los métodos de pago habilitados para realizar el trámite.

¿Quiénes deben declarar y plazos?

Las personas naturales y jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la jurisdicción municipal, que ejerzan de forma permanente actividades económicas en el cantón Guayaquil y estén obligadas a llevar contabilidad, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su reglamento.

Este impuesto se declara y paga una vez al año. El plazo para el pago del Impuesto del 1,5 por mil sobre los activos totales vence, de acuerdo con el noveno dígito del RUC, hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del Impuesto a la Renta.

LEA TAMBIÉN | Así arrancó el año lectivo 2026–2027 en la Costa–Galápagos: se mantiene la prohibición del uso de celulares en planteles

¿Cómo se calcula el valor a pagar?

La base imponible se obtiene restando de los activos totales los pasivos corrientes registrados en el balance general al cierre del ejercicio anterior. Sobre este valor se aplica la tarifa del 1,5 por mil.

Las empresas domiciliadas en Guayaquil que cuenten con plantas de producción o sucursales en otros cantones deberán presentar su declaración en este cantón, indicando el porcentaje de ingresos generado en cada jurisdicción.

¿Existen exoneraciones?

Sí. El artículo 554 del COOTAD establece exenciones para, entre otros: el Gobierno Central; los Gobiernos Autónomos Descentralizados; entidades de derecho público; instituciones de beneficencia o educación sin fines de lucro; fundaciones y corporaciones legalmente constituidas sin ánimo de lucro; personas naturales amparadas exclusivamente en la Ley de Fomento Artesanal; quienes se dediquen exclusivamente a la actividad agropecuaria, respecto de los activos vinculados a dicha actividad; y las cooperativas de ahorro y crédito.

LEA TAMBIÉN | El 11 de septiembre podría convertirse en nuevo feriado nacional en Ecuador: esto propone el proyecto de ley

¿Cómo declarar y pagar de manera sencilla?

El proceso es completamente en línea:

  • 1. Ingrese a www.guayaquil.gob.ec
  • 2. Seleccione la opción “Pago de tributos”
  • 3. Elija “Impuesto del 1,5 por mil sobre los Activos Totales”
  • 4. Cree su usuario y contraseña, valide su información y realice la distribución de la base imponible
  • 5. Genere su liquidación, que incluirá el valor a pagar
  • 6. Acepte la liquidación y obtenga su Código Electrónico de Pago (CEP)
  • También puede pagar en los puntos de cobro habilitados por el Municipio: Palacio Municipal, Parque Samanes y Terminal Terrestre de Guayaquil; así como en canales de pago y agencias bancarias autorizadas mediante el Código Electrónico de Pago (CEP).

    Otros canales habilitados son: Banco del Pacífico, Produbanco, Banco Bolivariano, Banco Guayaquil, Banco Solidario, Banco Pichincha, Representaciones Ordóñez y Negrete S.A. (REPORNE), Transferunion – Western Union, Cooperativa Nueva Huancavilca, y los botones de pago Kushki y Diners Club.

    Más leídas
     
    Lo más reciente