Hasta febrero del presente año y de acuerdo con el noveno dígito de la cédula o del RUC, las personas naturales que se acojan a la rebaja por gastos personales de su Impuesto a la Renta causado deberán presentar el Anexo de Gastos Personales correspondiente al período fiscal 2025.
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Tenga en consideración que desde las 22:00 del viernes 6 de febrero hasta las 22:00 del domingo 8 de febrero, el Servicio de Rentas Internas SRI realizará un mantenimiento tecnológico programado en su sistema, con indisponibilidad hasta las 06:00 del sábado 7 de febrero para servicios de comprobantes electrónicos, anexo de gastos personales, devolución de IVA para adultos mayores, devolución del Impuesto a la Renta, facturador SRI y SRI Móvil.
De acuerdo con el SRI, este trámite también lo tienen que cumplir quienes perciben ingresos en relación de dependencia y quieren acceder a este beneficio. Para el período fiscal 2025, se considerará como monto máximo para esta rebaja el menor valor obtenido entre los gastos declarados por el contribuyente y el monto de la canasta familiar básica -que se calcula según el número de cargas familiares- conforme los siguientes datos.
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Educación, alimentación, vestimenta y salud, incluyendo los gastos médicos y de alimentación de mascotas, así como vivienda, turismo, arte y cultura. También se pueden incluir los intereses por préstamos quirografarios y los sueldos y beneficios sociales de empleados que no estén vinculados a actividades económicas del contribuyente.
Para efectos tributarios, la normativa define como cargas familiares a los padres, al cónyuge o pareja en unión de hecho y a los hijos de hasta 21 años —o con discapacidad, sin límite de edad— siempre que dependan económicamente del contribuyente y no perciban ingresos gravados superiores a un Salario Básico Unificado, fijado para 2025 en USD 470. El registro de las cargas familiares y la presentación del anexo de gastos personales se deben realizar en el portal transaccional SRI en línea.