Todos los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) deben cumplir con el pago del aporte obligatorio, el cual tendrá un aumento a partir de 2026.
De acuerdo con la ley, quienes perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, tanto en relación de dependencia o sin ella, están obligados a la afiliación del Seguro Social.
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Asimismo, el cálculo de aportaciones y contribuciones al Seguro General Obligatorio se efectúa sobre todo ingreso que perciba el afiliado como resultado de su actividad personal, incluidos los ingresos regulares que reciba el trabajador.
Actualmente, al trabajador le corresponde un aporte del 9,45 % de su sueldo o salario, mientras que el empleador aporta el 11,15 % del ingreso del trabajador.
Con el reciente incremento de USD 12 al Salario Básico Unificado, que se eleva a USD 482 en 2026, también se ajustan los valores de aportación al IESS.
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En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, el aporte mensual pasará de USD 44,42 a USD 45,55; el monto regirá desde el 1 de enero de 2026.
Por su parte, el aporte patronal subirá de USD 52,41 a USD 53,74.
En el caso de los afiliados voluntarios, que aportan el 17,60 % del ingreso declarado, el aporte mensual mínimo será de USD 84,83.
Los afiliados con ingresos sin relación de dependencia o trabajadores independientes acceden a las siguientes prestaciones y beneficios del IESS: