El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) precisa en una lista cuáles son los artículos considerados como efectos personales de viajes que arriban al país por vía aérea, los cuales se encuentran libres de pago de impuestos, siempre que se destinen a uso personal y no evidencien fines comerciales.
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Entre los bienes considerados efectos personales se incluyen artículos de tocador, elementos de aseo personal, bisutería, adornos personales o para el hogar, libros, revistas, material fotográfico, documentos impresos o manuscritos, alimentos debidamente sellados o empacados al vacío y alimentos para niños.
Luego de que se difundieran este lunes imágenes de una intervención en el aeropuerto José Joaquín de Olmedo, en Guayaquil, en la que agentes aduaneros incautaron un cúmulo de prendas y joyas que eran transportados en maletas de equipaje, la entidad dio una aclaración a medios de comunicación.
Aunque no existe un número específico de prendas de vestir, calzado o joyas permitido, los agentes de control aplican criterios técnicos para identificar posibles irregularidades que podrían derivar en competencia comercial desleal.
De esta manera, las autoridades de control buscan impedir que ciudadanos eludan el pago de impuestos al intentar ingresar al país grandes cantidades de artículos destinados a la venta o vinculados a actividades comerciales, como el uso indebido de servicios de courier.
Instrumentos, equipos y herramientas portátiles propias de la profesión u oficio del pasajero, nuevos o usados, son considerados como artículos personales, siempre que se justifique la actividad laboral con documentos válidos.
Dentro de esta denominación entran los medicamentos, vitaminas y suplementos alimenticios (estos últimos hasta 8 kg). Los medicamentos deben contar con receta médica.
También son admitidos objetos de apoyo para adultos mayores o personas con discapacidad, como sillas de ruedas, muletas o aparatos ortopédicos, en cantidades exclusivas para uso personal.
De igual manera, pueden ingresar aparatos de medición de presión, temperatura y glucosa: máximo dos unidades por tipo, por pasajero o grupo familiar.
Se permite el ingreso, como efectos personales, de una unidad nueva y una usada de artículos como:
Además, se admite una unidad de:
El Senae también considera como efectos personales cualquier bien no detallado anteriormente, sin restricción de volumen o tamaño, siempre que su valor no supere los USD 500.
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La institución reiteró que el control aduanero se basa en el uso personal, la cantidad y el valor de los artículos, por lo que recomendó a los viajeros informarse antes de su ingreso al país para evitar sanciones o pagos adicionales.