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¿Qué implica la regulación de las millas marítimas de Ecuador en conformidad con la Convemar?

martes, 17 agosto 2021 - 20:57
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El Pleno Legislativo aprobó, el pasado 5 de agosto, en segundo debate, el proyecto de reformas al Código Civil en materia de regulación marítima, en concordancia con la Convención de los Derechos del Mar (Convemar), un marco jurídico que regula las actividades humanas en el mar y los océanos.

En esta reforma se mantienen las 200 millas marinas correspondientes a la soberanía nacional, pero subdivididas en 12 millas de mar territorial y 188 millas de zona económica exclusiva, como contempla la Convemar.

Sin embargo, esta subdivisión podría causar graves afectaciones ecológicas a las islas Galápagos, tendría consecuencias económicas para los pecadores e industriales del país y, además, supondría una amenaza a la seguridad del país al “permitir la navegación de naves de guerra a apenas 12 millas de las costas”, apunta Marcelo Larrea, coordinador del Colectivo Galápagos Vive.

“Esto constituye la mayor mutilación que la República del Ecuador haya sufrido desde 1830, implica recortarnos las cuatro quintas partes de lo que es nuestro país. (...) Ese cuento de la zona exclusiva de Ecuador es un gran fraude jurídico y un atentado a la soberanía de la nación”, menciona.

Larrea recuerda que en el Gobierno de Oswaldo Hurtado, Ecuador se negó a adherirse a la Convemar al existir la declaración de Santiago sobre las 200 millas de mar territorial y la inserción en el Código Civil de la soberanía sobre esa cantidad de millas. “Por lo que el país no podía ser parte del acuerdo”.

De igual manera, explica que la Convemar reconoce mar territorial y zona económica exclusiva a los estados ribereños y a los estados archipelágicos, “pero las islas Galápagos no son un Estado, sino parte de un Estado ribereño, y en consecuencia, no tienen los mismos derechos”.

En este sentido, precisa, hay normas específicas en la Convemar que deben servir de alerta. “Por ejemplo, aquella que se refiere a que las islas que no tienen habitación humana, no tienen derechos de ninguna naturaleza, lo cual pone en gravísimo riesgo nuestra soberanía sobre las galápagos”, apunta.

De igual manera —advierte— esta adhesión a la Convemar implica el peligro de que las aguas territoriales sean invadidas por flotas pesqueras extranjeras, “disputando nuestra pesca legítima e histórica que ha sido fuente sustancial de los ecuatorianos, lo que lesionaría las actividades de la industria pesquera nacional”. Según Larrea, la pesca de especies de las flotas chinas en Ecuador anualmente "no es menor a los 40.000 millones".

Simón Zavala, exmagistrado de la Corte Constitucional y miembro del colectivo SOS millas, también desaprueba esta reforma al Código Civil, explica que con esto se da paso a que las flotas internacionales pesquen a 12 millas del mar territorial de Ecuador, dentro de las 188 establecidas como zona económica.

“En la Convemar se establece claramente que cuando un país no puede explotar el área 188 millas tiene que ceder el paso a los países que sí tienen la tecnología para poder hacer estas actividades de pesca en esa zona”, asegura.

Según la Convención, “la zona económica exclusiva es un área situada más allá del mar territorial y adyacente a éste sujeto al régimen jurídico específico establecido en esta Parte, de acuerdo con el cual los derechos y la jurisdicción del Estado ribereño y los derechos y libertades de los demás Estados se rigen por las disposiciones pertinentes de esta Convención”.

A decir de Zavala, el presidente de la República, Guillermo Lasso, tiene 30 días a partir del día que se le informe la aprobación de la Ley por la Asamblea para vetarla o aprobarla. Por tal motivo, varios colectivos prevén enviar una carta a Lasso, en la que solicitarán el veto a los artículos 606, 609, 610 y 613 sobre La Ley reformatoria al Código Civil.

¿QUÉ ARGUMENTAN LOS ASAMBLEÍSTAS QUE APROBARON LA REFORMA?

César Rohon, asambleísta nacional por Guayas, explicó durante su defensa en la aprobación de la reforma que “todos están de acuerdo con la defensa de la soberanía ecuatoriana, pero que no se puede estar de espaldas a los tratados internacionales que están vigente y que los ha aprobado la República del Ecuador, que han sido ratificados por la Corte Constitucional”.

Según Rohon para tomar esa decisión se hizo varias consultas a la Cancillería, Ministerio de Defensa y Marina justamente para que los conceptos queden claros. “No se trata de desmembrar el territorio marítimo ecuatoriano, aquí se trata de tener las reglas de juego claras y la legalización de estos convenios internacionales.

De igual manera, aseguró que la zona exclusiva del Ecuador, no implica la pérdida de soberanía, legislación, jurisdicción y control del país sobre este territorio. “La pesca ecuatoriana y las flotas de Ecuador están reguladas por el Estado y ninguna flota extranjera puede pescar en la zona exclusiva”, aseguró.

Sin embargo, otros asambleístas como Mario Ruiz Jácome, objetaron parcialmente esta reforma. El asambleísta sostiene la tesis de que el Ecuador perdió 180 millas de mar territorial. Por ello, solicitó que no se modifique el artículo 609 del Código Civil, que establece “el mar adyacente, hasta una distancia de doscientas millas marinas”.

Por su parte, el legislador Luis Almeida, recordó que no votó a favor de la Convemar en el 2012. Además, consideró que la posibilidad de extender la plataforma continental hasta 350 millas marinas, es “una mentira”, porque aquello no depende de la reforma del Código Civil, en relación a las declaraciones que emitió el expresidente Rafael Correa cuando impulsó la adhesión de Ecuador a la Convemar.

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