Asamblea debatirá ley para regular la reproducción humana asistida en Ecuador
La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte aprobó el informe para segundo debate del proyecto y allanó el camino para una posible aprobación.
El Proyecto de Ley Orgánica que Regula las Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida será analizado por el Pleno de la Asamblea Nacional este miércoles 29 de julio, tras la aprobación de su informe para segundo debate por parte de la Comisión Especializada Permanente del Derecho a la Salud y Deporte, el pasado jueves 23 de julio.
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Según el Legislativo, la propuesta busca crear un marco jurídico integral que garantice derechos, otorgue seguridad jurídica a quienes acceden a estos procedimientos y asegure el cumplimiento de estándares bioéticos en la aplicación de las técnicas de reproducción humana asistida.
El proyecto responde a un mandato de la Corte Constitucional para regular esta materia y pretende llenar los vacíos legales existentes mediante una normativa acorde con la Constitución y los avances científicos y tecnológicos.
La iniciativa también define requisitos para las personas usuarias y donantes, establece obligaciones para los establecimientos autorizados y fortalece las competencias del Ministerio de Salud Pública, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) y el Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública (INSPI) en materia de regulación, control y vigilancia sanitaria.
Asimismo, contempla la creación del Registro Nacional de Reproducción Humana Asistida y de un Consejo Consultivo especializado.
El proyecto mantiene prohibiciones
Entre los principales cambios incorporados para el segundo debate figura el fortalecimiento del acceso a la información médica de los donantes, preservando su identidad, así como la posibilidad de incorporar nuevas técnicas autorizadas por la autoridad sanitaria.
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El texto también prioriza la medicina reproductiva restauradora para los casos de infertilidad y mantiene la prohibición de la gestación por sustitución, la reproducción asistida post mortem y la clonación con fines reproductivos.
Además, la propuesta reconoce la diversidad de estructuras familiares e incorpora el principio de la voluntad procreacional como criterio para determinar la filiación de niñas y niños concebidos mediante estas técnicas.
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En cuanto a la donación de gametos, el proyecto establece que no podrá tener fines comerciales y que únicamente se permitirá el resarcimiento de los gastos derivados del procedimiento.