Caso pruebas Covid-19-Agentes AMT: audiencia preparatoria contra expresidente Bucaram, su hijo Jacobo y 5 personas más

Redacción Vistazo
Bucaram debe presentarse periódicamente ante las autoridades, no puede salir del país y debe usar un grillete electrónico.

Casi trece horas duró el segundo día de audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por el presunto delito de delincuencia organizada, en la que Fiscalía procesa al expresidente Abdalá Bucaram Ortiz, su hijo, Jacobo Bucaram Pulley y cinco personas más por supuestas irregularidades en la comercialización de 21.000 pruebas rápidas de diagnóstico para Covid_19.

Durante la diligencia, la Fiscal que lleva el caso, rebatió todas las intervenciones de las defensas de los procesados. Además, solicitó a la Jueza que lleva el proceso desechar los pedidos de nulidad planteados por los abogados y ratificar la validez procesal de la causa.

Luego de escuchar a los sujetos procesales, la magistrada suspendió la audiencia y señaló su reinstalación para las 10:00 de este lunes 21 de junio, fecha en que anunciará su resolución respecto a los pedidos de nulidad expuestos por la defensa de los implicados.

Fiscalía expuso en la audiencia que la temporalidad de estos supuestos actos ilícitos se habría dado entre marzo y junio del 2020 y que, las consecuencias generadas para pretender dar legitimidad a estas presuntas irregularidades, se extendieron hasta octubre.

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Dos personas ya fueron sentenciadas por este caso. El 15 de abril de 2021, Kléver A. y Jhonny S., fueron condenados a una pena privativa de la libertad de cinco años luego de someterse a un procedimiento abreviado y aceptar los hechos atribuidos por Fiscalía General del Estado.

Ambos acusados formaban parte de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).

Ese día, la jueza María Elena Lara emitió la sentencia condenatoria sobre la base de más de treinta y cinco elementos probatorios expuestos por la Fiscal, durante la audiencia.

El delito de delincuencia organizada está tipificado y sancionado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal.