Utilidades 2026: el plazo vence este 15 de abril, ¿qué hacer si su empresa no le ha pagado?

Si el trabajador confirma que hubo ganancias y no recibe el depósito, puede iniciar un proceso de denuncia ante el Ministerio del Trabajo.

Una persona haciendo cuentas.
Ligia Proaño Fabara

Este miércoles 15 de abril vence el plazo legal para que las empresas privadas en Ecuador cumplan con el reparto de utilidades a sus trabajadores. Según el Código de Trabajo, las compañías están obligadas a distribuir el 15 % de sus utilidades líquidas generadas en el ejercicio fiscal anterior entre su nómina y excolaboradores.

Antes de formalizar cualquier reclamo, el trabajador tiene la facultad de revisar si la compañía generó excedentes en el ejercicio fiscal anterior. A través del portal de la Superintendencia de Compañías (Supercias), en la sección de "Sector Societario", cualquier ciudadano puede buscar la empresa por su nombre o RUC y descargar el "Estado de Situación Financiera".

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El dato clave se encuentra en el casillero denominado “Participación trabajadores por pagar del ejercicio”; si existe un valor allí, el pago es obligatorio.

El cálculo y la distribución del beneficio

El Código de Trabajo establece que el 10 % se distribuye estrictamente por el tiempo de servicio (días laborados), mientras que el 5 % restante se entrega en función de las cargas familiares (hijos menores de edad, con discapacidad o cónyuges) que hayan sido debidamente registradas por el empleado.

Este derecho ampara también a quienes formaron parte de la nómina durante el año anterior, aun si ya no laboran en la empresa, por lo que los excolaboradores deben verificar sus cuentas o contactar a sus antiguos empleadores.

Canales de denuncia e incumplimientos

Si una vez vencido el plazo la empresa no ha realizado el depósito y se ha confirmado la existencia de utilidades, la primera vía es el diálogo directo con el departamento de contabilidad o recursos humanos para descartar errores administrativos.

En caso de no obtener una respuesta o solución, el trabajador puede presentar una denuncia formal ante el Ministerio del Trabajo. Esta cartera de Estado es la encargada de realizar auditorías y emitir las sanciones correspondientes a las compañías que vulneren este derecho. Las multas administrativas varían según la gravedad de la falta y el número de empleados afectados.

Es importante precisar que este derecho no aplica para trabajadores del sector público, pasantes o artesanos. Tampoco existe obligación de pago si la empresa reportó pérdidas o no generó utilidades líquidas en su balance anual.