¿Cómo consultar la pensión por montepío del IESS y quiénes pueden acceder?

La pensión de montepío entregado por el IESS beneficia a la viuda/o, a los hijos menores de edad o a los hijos mayores de edad con incapacidad para trabajar. Pero ¿Cómo consultar el certificado del pago mensual? Aquí te lo contamos.

La viuda puede recibir la pensión de Montepío una vez realizada y aprobada la solicitud. A
Redacción Vistazo

Los beneficiarios del montepío del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) son la viuda/o, los hijos menores de edad y los hijos mayores de edad con incapacidad para trabajar, que dependían económicamente del afiliado o jubilado fallecido.

Para quienes busquen información de la renta mensual que se recibe pueden hacerlo a través de la página web del IESS, en los centros de atención universal o a través del correo electrónico previamente registrado por el pensionista.

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¿Quiénes pueden solicitar el montepío?

Esta pensión es un seguro de muerte del afiliado o jubilado fallecido que generaron derecho, y se entrega al cónyuge, los hijos menores de 18 años o hijos adultos con incapacidad para trabajar y que hayan estado a cargo del asegurado. A falta de cónyuge e hijos, la madre o padre incapacitado que hayan dependido del fallecido podrán solicitar este beneficio.

Quienes generan este derecho son: el jubilado fallecido que recibía pensión de invalidez, vejez o discapacidad, y el afiliado activo fallecido que al momento de su muerte tuvo abonadas por lo menos (60) imposiciones mensuales (5 años de aportes) o que se encuentre dentro del período de protección del seguro de muerte.

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¿Cómo solicitar el montepío?

Esta pensión debe solicitarse a través del portal web del IESS y los requisitos a cumplir para recibir el montepío son varios. El proceso de solicitud se realiza en línea y se debe imprimir y firmar la solicitud generada, además de presentar los documentos requeridos en los módulos de atención al público del IESS:

Las viudas, viudos o convivientes deben presentar los siguientes documentos:

Los hijos menores de 18 años también requieren presentar solicitud de montepío, cédula o certificado de identidad y certificado cuenta bancaria. En los casos en el que el beneficiario sea un hijo mayor de 18 años con incapacidad para laborar, deberá presentar adicionalmente los exámenes y certificados médicos que demuestren la incapacidad. Además del croquis de ubicación domiciliaria del solicitante de montepío.

Debe solicitarse a través del portal www.iess.gob.ec donde se encuentra el formulario. Sigue estos pasos:

La madre del asegurado que haya estado a su cargo, también podría solicitar el montepío en los casos en que no hubiese cónyuge e hijos beneficiarios.

La madre del asegurado fallecido que haya vivido a su cargo tendrá derecho a la pensión en el caso de que no haya cónyuge, conviviente e hijos; debe también entregar solicitud firmada y documentación correspondiente.

El padre del asegurado fallecido también podría solicitar esta pensión, en el caso de que no existan los beneficiarios antes mencionados y se encuentre incapacitado, por lo que además de cumplir con los requisitos generales, también requerirá de exámenes y certificados médicos que demuestren su incapacidad para laborar.

Y para consultar e imprimir el certificado de la pensión mensual en línea, el cual se entrega a partir del 18 de cada mes, esta es la forma de hacerlo: