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¿Cómo utilizar el Auxilio de Funerales que proporciona el IESS a sus afiliados?

miércoles, 26 octubre 2022 - 11:40
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El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social cuenta con un Auxilio de Funerales para sus afiliados y pensionistas. Sin embargo, los deudos deben conocer ciertos requisitos, documentos y montos establecidos para acceder a este subsidio.

Cuando fallece un pensionista o afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) existe la posibilidad de que sus deudos soliciten un auxilio o reembolso de dinero dirigido a cubrir los gastos de servicios funerales. De acuerdo con la entidad, en este año la cuantía por auxilio de funerales es de hasta 1.359,73 dólares y se incrementa en enero de cada año, en un porcentaje equivalente a la tasa de inflación promedio anual del periodo anterior.

Este subsidio es entregado, siempre que el pensionista o afiliado tuviere acreditadas seis imposiciones mensuales, por lo menos, dentro de los últimos 12 meses anteriores a su fallecimiento. Julio Cabrera, gerente general de Memopaz Servicios Funerarios, indica que existen dos maneras de solicitar este rubro.

La primera, es a través de una funeraria calificada como Prestadora de Servicios Externos del IESS en donde el establecimiento se encarga de tramitar el pago directamente con el departamento de Pensiones de la Institución. En este caso, Cabrera advierte que el deudo no debe realizar ningún pago a la funeraria por este concepto, salvo los ítems y valores que no constan en la tabla de valores del instituto.

$!El deudo también puede realizar este proceso por su cuenta, como segunda opción, entregando varios documentos que el departamento de pensiones del Seguro Social, le exigirá para proceder al reembolso.

De acuerdo con la página web del IESS, a septiembre del 2022, existían 36 empresas acreditadas para realizar este proceso. Una de las empresas de servicios funerarios calificadas es Memopaz, ubicada en Cuenca, y con relación al valor del Auxilio considera que los valores topes de esta tabla deben ser ajustados, considerando la realidad de cada rubro.

“No es lo mismo realizar una velación en domicilio que ofrecer este servicio en una sala de velación con servicio de cafetería, parqueadero, u otros.

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También, ciertos ítems como las flores, coro o tanatopraxia, no se consideran en este desembolso por lo que los deudos son quienes terminan cancelando estos valores, causando un malestar en los familiares, sobre todo cuando el afiliado ha realizado por muchos años su aporte a esta institución”, asegura Cabrera.

Errores frecuentes

María de los Ángeles Mendoza, miembro del departamento de Atención al Cliente de Funerales Gonzalo Mendoza, menciona que, en momentos adversos como un fallecimiento, suelen ocurrir varios contratiempos ante el desconocimiento de los procesos o documentación por parte de los deudos.

“Existen contrariedades cuando el afiliado siendo activo se encuentra impago en los aportes o cuando a éste siendo jubilado o beneficiario de montepío no se le registra la defunción en el mes que corresponde al fallecimiento, o no se da la baja ante la administración pública”, manifiesta.

Mendoza también explica que lo mismo ocurre cuando el fallecimiento ocurre en el extranjero, ya que la legalización de la defunción puede tornarse extensa. La vocera de Funerales Gonzalo Mendoza, ubicada en Riobamba, aclara que en medio de la desesperación o por falta de conocimiento, los deudos toman el servicio con funerarias que no son acreditadas o fraudulentas, por lo que la cobertura puede ser mal utilizada.

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En este punto, recomienda que los familiares conozcan los establecimientos funerarios legalmente acreditados y también que antes de tomar la cobertura, consulten cuál es el paquete que oferta la empresa para este subsidio.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social aclara que para acceder a este subsidio el deudo debe ingresar al portal web del IESS y dar clic en la opción de Asegurados-Pensionistas, luego acudir a “Empresa de servicios funerarios” e ingresar el número de cédula del fallecido.

Posterior a ello, deberá llenar el formulario correspondiente con la información solicitada y el sistema presentará los servicios funerarios a los que se pueden acceder de acuerdo con la normativa legal vigente, así como la información de las empresas de servicios funerarios de la provincia seleccionada por el solicitante. Luego haga clic en “Registrar” y el sistema presentará la información del Reporte del Servicio elegido, dándole la opción de imprimir la información para concluir el proceso.

Auxilio de Funerales

Si usted se encargará de solicitar el desembolso por el Auxilio de Funerales al IESS, tenga a la mano los siguientes documentos:

• Certificado de defunción del Registro Civil.

• Copia a color de la cédula del fallecido.

• Copia a color de la cédula del deudo que reclama.

• Formulario de satisfacción del servicio firmado por quien hace el reclamo.

• Formulario de aceptación de los valores del IESS por este concepto firmado.

• Declaración juramentada del o los familiares que solicitan el reclamo en caso de no ser cónyugue o hijo.

• Factura de la funeraria.

• Certificado de inhumación o cremación.

*Lea este y otros temas relacionados al segmento exequial en el especial Camposantos de Revista Enfoque. Ya en circulación junto a Vistazo.

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