¿Qué implica la reforma a la Ley de Propiedad Horizontal?: Estas son las nuevas reglas para condominios en Ecuador​​​​​

Daniel Noboa reformó un reglamento para endurecer las medidas contra los copropietarios morosos. El decreto permite restringir el acceso a determinadas áreas comunales.

Un condomio residencial, en una fotografía referencial.
Milca Cabrera Verduga

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 462, que reforma el Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal. Pero, ¿qué implica esto? Que se fortalecerán los mecanismos de cobro de alícuotas y a su vez, busca regular las consecuencias por el incumplimiento en el pago de expensas ordinarias y extraordinarias.

La normativa, suscrita el viernes 31 de julio, también incorpora nuevas obligaciones para las administraciones de los condominios. El decreto entrará en vigencia una vez sea publicado en el Registro Oficial.

¿Qué implica la reforma?

Uno de los principales cambios establece que las administraciones podrán restringir el uso de determinados espacios comunes a los copropietarios que mantengan deudas, siempre que la mora haya sido notificada previamente.

El decreto señala que esta medida aplica para quienes pretendan hacer uso de espacios comunes. Entre ellos constan piscinas, gimnasios, salones comunales, canchas deportivas, terrazas, áreas BBQ, salas de cine, espacios de coworking y parqueaderos comunales no asignados.

Pero también se establece límites a estas restricciones. El decreto dispone que "deben aplicarse sin impedir el acceso al bien exclusivo ni afectar servicios esenciales de habitabilidad, salubridad, seguridad, accesibilidad, evacuación o atención de emergencias".

Es decir, que no podrán limitarse el ingreso a la vivienda, el suministro de agua potable, el alcantarillado, las rutas de evacuación, los sistemas contra incendios, los accesos para personas con discapacidad ni el ingreso de los servicios de emergencia.

Cambios en los procesos de cobro

El decreto incorpora nuevos procedimientos para la gestión de los condominios. Las administraciones deberán emitir liquidaciones de los valores pendientes, establecer mecanismos de convenios de pago y aplicar procedimientos formales para notificar a los deudores antes de ejecutar cualquier restricción prevista en la normativa.

También se busca aumentar la transparencia sobre el manejo de los recursos. Para ello, las administraciones deberán entregar periódicamente información sobre la recaudación de alícuotas, cartera vencida, convenios de pago vigentes y otros datos relacionados con la gestión del inmueble.

Decreto ejecutivo 462, suscrito el 31 de julio de 2026.

Con estas modificaciones, el Gobierno argumenta que pretende fortalecer la recaudación, mejorar la gestión de las expensas y reducir la morosidad en los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal. El Decreto Ejecutivo 462 deroga las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a estas reformas y entrará en vigor tras su publicación en el Registro Oficial.