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¿Hasta cuándo se debe pagar las afiliaciones 'Joven Emprendedor' y 'Voluntario Joven' del IESS?

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social define el plazo y condiciones para cumplir con estos aportes y mantener la afiliación activa.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) establece que el pago de los aportes correspondientes a las afiliaciones Joven Emprendedor y Voluntario Joven debe realizarse hasta el día 15 del mes siguiente al registro. Si esta fecha coincide con un fin de semana o feriado, el vencimiento se mueve automáticamente al siguiente día hábil.

Si el pago no se efectúa dentro de los 60 días posteriores al mes correspondiente, el IESS procede a registrar automáticamente un aviso de salida, tomando como última fecha de vigencia el último mes con aportes cancelados.

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Este procedimiento aplica tanto para quienes se afilian bajo la modalidad Joven Emprendedor como para los de Voluntario Joven.

¿A quiénes están dirigidos estos programas?

  • Joven Emprendedor está orientado a quienes tienen entre 15 y 24 años (hasta los 24 años y 11 meses) y ejercen alguna actividad económica.
  • Voluntario Joven está enfocado en jóvenes de entre 18 y 24 años (hasta los 24 años y 11 meses) que no cuentan con cobertura de seguridad social.
  • Ambas categorías comparten requisitos como: ser ecuatoriano o extranjero con cédula válida, no tener obligaciones pendientes con el IESS y no estar jubilado. En el caso de Joven Emprendedor, también se exige una declaración de actividad económica.

    El aporte mensual para ambas modalidades corresponde a una cuota fija de USD 53.49, equivalente al 17,6 % de la base mínima de aportación establecida por el IESS.

    Estas afiliaciones incorporan beneficios similares, sin necesidad de estar vinculados a una empresa o entidad empleadora. Ofrecen cobertura en salud, pensiones por vejez e invalidez, auxilio funerario, seguro de vida, montepío y acceso a créditos hipotecarios, entre otros servicios.

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    Sin embargo, ambas modalidades excluyen cobertura en: seguro de cesantía, seguro de desempleo y extensión de beneficios para cónyuge.

    Al llegar a los 24 años y 11 meses, tanto los afiliados Joven Emprendedor como Voluntario Joven deben modificar su base de aportación para que coincida con el salario básico unificado (SBU). Si no realizan este cambio, el IESS lo hará de oficio.

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