El futbolista Miller Bolaños fue procesado por el delito de intimidación, junto a una mujer identificada como Nicole C. Z. Ambos habrían lanzado amenazas y realizado disparos con un arma de fuego la madrugada del domingo 15 de junio, dentro de una urbanización privada en Daule.
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La Fiscalía General del Estado informó que reformuló cargos contra la pareja, tras encontrar nuevos elementos de convicción que justificaron el cambio en la tipificación penal, pasando del delito de tenencia y porte ilegal de armas al de intimidación.
Según el parte informativo, Bolaños y Nicole C. Z. fueron aprehendidos en flagrancia por la Policía Nacional dentro de la urbanización privada donde habrían realizado los disparos.
De acuerdo con el reporte policial, los procesados se encontraban dentro de un vehículo efectuando disparos al aire, lo que motivó la intervención del personal de seguridad del sector, quien retuvo a la pareja y notificó a la Policía.
Durante la revisión del automóvil, las autoridades encontraron un arma de fuego tipo pistola, marca Glock, con su respectivo cargador y cuatro municiones sin percutir. Además, moradores del sector entregaron varios proyectiles percutidos, los cuales fueron recogidos como indicios y entregados a la Policía Judicial para la cadena de custodia.
En el marco de la investigación, cuatro personas rindieron su versión, señalando que fueron amenazadas y agredidas verbalmente en el interior de un domicilio por Bolaños y Nicole C. Z.
Posteriormente, el futbolista habría regresado 20 minutos después portando un arma de fuego con la que volvió a amenazar y realizó disparos hacia la vivienda. No se reportaron personas heridas.
Durante la audiencia realizada en la Unidad Judicial Multicompetente de la parroquia La Aurora, el fiscal presentó los elementos de convicción recabados, entre ellos el parte informativo, testimonios de las víctimas y agentes, el arma decomisada y el informe del reconocimiento del lugar de los hechos.
La jueza de Garantías Penales acogió el pedido de la Fiscalía y cambió el tipo penal a intimidación, ratificando las medidas cautelares impuestas durante la audiencia de flagrancia: presentación semanal ante el fiscal y prohibición de salida del país para los procesados.
La instrucción fiscal se extenderá por 30 días más. La reformulación de cargos se efectuó con base en los artículos 154 (intimidación) y 596 (variación de la condición jurídica de los imputados) del Código Orgánico Integral Penal (COIP). El delito de intimidación se sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años.