Una transformación clave se contempla en el sistema de jubilación patronal en Ecuador. El Gobierno plantea una reforma para que los trabajadores que acumulen 25 años de servicio, continuos o no, tengan derecho a una pensión que se financiará con aportes tanto del empleador como del trabajador.
Es decir que, la pensión patronal ya no sería pagada directamente por el empleador, sino a través de un fideicomiso que estará bajo la administración del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess).
La Ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, presentó este martes 29 de abril ante el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios, el proyecto de reforma para la jubilación patronal, una iniciativa que, según afirmó, busca evitar la inestabilidad laboral y económica.
Núñez explicó que el marco legal vigente genera inseguridad jurídica tanto para los trabajadores como para los empleadores.
En el caso de los trabajadores, porque el acceso a la jubilación patronal depende de factores externos a su voluntad, como la estabilidad financiera del empleador, despidos o incluso la quiebra de la empresa.
Mientras que, para los empleadores representa una carga económica acumulativa que muchas veces no ha sido adecuadamente provisionada, lo que genera contingencias financieras especialmente al finalizar la relación laboral.
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Esta situación, indicó, ha incentivado prácticas como el trabajo informal y el despido intempestivo, dejando a numerosos trabajadores sin protección. Por ello, el Ejecutivo propone reformar el artículo 216 del Código del Trabajo, que regula la jubilación patronal.
La reforma plantea la creación de un fondo económico financiado con aportes tanto de empleadores como de trabajadores, el cual sería administrado por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) a través de un fideicomiso.
Según explicó la ministra, este fondo permitirá una gestión técnica, transparente y sostenible de los recursos destinados a garantizar este derecho laboral.
“El derecho social nos cubre a todos, no solo a los trabajadores de una empresa específica, sino a los diferentes sectores laborales”, afirmó Núñez, subrayando la necesidad de asegurar que este beneficio sea sostenible en el tiempo y efectivo en su cumplimiento.
En el marco de la sesión, los representantes resolvieron de manera unánime la creación de mesas técnicas con la participación del IESS, para analizar y proponer una reforma justa, equilibrada y técnica.
Finalmente, la creación de la mesa técnica será en los siguientes 30 días, la misma que estará, compuesta por el Estado, empleadores y trabajadores y la participación del IESS.
Esta mesa técnica trabajará durante 90 días para generar insumos técnicos y jurídicos que ayuden a avanzar en una propuesta común.
Actualmente, en Ecuador la jubilación patronal es pagada por el empleador, no por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
El artículo 216 del Código de Trabajo establece la jubilación patronal como un derecho a favor de los trabajadores u obreros sujetos a esta ley siempre y cuando cumplan ciertos requisitos, tales como:
De igual manera, el inciso 7 del artículo 188 del mismo cuerpo legal contempla que el mencionado derecho, en su parte proporcional, también se reconoce a favor de los trabajadores que hubieren cumplido más de 20 años y menos de 25 años en el caso de despido intempestivo.