¿Quiénes están exonerados de las multas por no votar en las elecciones seccionales del Ecuador?

Además de las mujeres embarazadas, ¿qué otros grupos pueden justificar su ausencia en el sufragio?

El voto es obligatorio para todos los ecuatorianos que tienen entre los 18 y 65 años.
Darwin Borja

El voto en Ecuador es obligatorio para todos los ecuatorianos que tienen entre 18 y 65 años. De ellos, hay varios grupos que están exonerados de multas por no votar.

En el grupo prioritario están las mujeres que pasaron el sexto mes de embarazo al día de las elecciones, en este caso el 29 de noviembre, día que se realizará el sufragio para elegir a las autoridades seccionales. Además, están exoneradas las mujeres que todavía no cumplen el primer año de lactancia.

LEA TAMBIÉN: Cae red de corrupción en el Ministerio de Educación: exigían hasta USD 5.000 por un puesto

Para quedar exentas de las multas tienen que presentar su justificación por no sufragar, no integrar una Junta Receptora del Voto y no asistir a las capacitaciones electorales.

Para realizar la justificación deberán entregar un certificado médico emitido por un profesional del Sistema Nacional de Salud en el caso de embarazo. Mientras que se requiere del certificado de nacimiento de su hija o hijo para demostrar el período de lactancia.

Esta medida fue aprobada por el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) en abril pasado, con el fin de fortalecer la protección de los derechos de las mujeres embarazadas y de los infantes, ya que forman parte de los grupos de atención prioritaria.

En caso de viaje al exterior, también puede ser exonerado de la multa por no votar

Los ciudadanos empadronados en Ecuador que se encuentren en el exterior el domingo 29 de noviembre tampoco serán multados por no ejercer su derecho al voto.

En lo posterior a la jornada electoral, para justificar la ausencia el día del sufragio deberá presentar los documentos como la copia del pasaporte o del registro migratorio en las delegaciones provinciales electorales.

LEA TAMBIÉN: Vaticano revela que tumor extirpado al papa León XIV era canceroso

También están exonerados de las multas las personas que no pueden votar por mandato legal, quienes no sufragaron por motivos de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado médico del Sistema Nacional Público o Privado, quienes hayan sufrido una calamidad doméstica grave.

Para demostrar la causa de la ausencia tiene que presentar los certificados o la documentación en las delegaciones provinciales electorales para ser exonerado de la multa y solicitar el certificado de votación.

CNE habilitó pago de multas a través de tarjetas de crédito y débito

En caso de que no forme parte de los grupos mencionados anteriormente, el CNE estableció multas por no votar con el equivalente al 10% de una remuneración mensual unificada (USD 48,20) y mientras que al no concurrir al recinto a integrar las juntas receptoras del voto está obligado a una multa del 15% (USD 72,3).

Para conocer si tiene deudas por multas anteriores, el CNE habilitó un link en su página web: Consulta Multas.

LEA TAMBIÉN: Cortes de agua en el norte de Quito este 13 y 14 de octubre: conozca los 12 sectores afectados

Para realizar los pagos tiene varias opciones, entre canales físicos como agencias del Banco del Pacífico, corresponsales no bancarios del Banco del Pacífico y Puntos de Pago Red Facilito. Además, puede cancelar en las plataformas digitales del Banco del Pacífico.

El CNE también habilitó el pago de multas con tarjetas de crédito y de débito (Visa y Mastercard) en el portal del ente electoral: Pago de Multas Electorales.