Desde julio, SRI recategoriza a contribuyentes RIMPE
Los contribuyentes dejarán el Rimpe para integrarse al régimen general si cumplen con determinados requisitos, tales como registrar ingresos superiores a los USD 300.000 o haber permanecido tres años en dicha categoría.
Como parte de sus planes de control y en estricto cumplimiento de la normativa legal, el Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador se encuentra ejecutando desde este mes de julio de 2026 la recategorización y exclusión de contribuyentes dentro del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE), basándose en la información actualizada de sus bases de datos.
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¿Quiénes cambian de categoría o salen del régimen?
La recategorización aplica para aquellos contribuyentes que pertenecían a "Negocios Populares" pero registraron ingresos anuales mayores a USD 20.000 y hasta USD 300.000. Ellos pasan automáticamente al segmento RIMPE "Emprendedor".
En cambio, todos los contribuyentes (sean "Negocios Populares" o "Emprendedores") cuyos ingresos anuales superen los USD 300.000 o hayan permanecido tres años en ese esquema tributario quedan fuera del RIMPE y son asignados al Régimen General.
Obligaciones por Régimen
Las principales responsabilidades tributarias según el segmento asignado al 31 de diciembre del año anterior son:
RIMPE – Negocios Populares
Con ingresos brutos anuales de hasta USD 20.000.
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RIMPE – Emprendedores
Con ingresos brutos anuales desde USD 20.000 hasta USD 300.000.
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Régimen General
Con ingresos brutos anuales superiores a USD 300.000 o por actividades excluidas.
¿Cómo consultar su estado actual?
Para verificar el régimen asignado a tu actividad económica, puedes ingresar directamente a la plataforma digital del SRI en Línea, navegando a través de la ruta: RUC > Certificados, o acceder de forma directa mediante la opción de SRI en Línea- Certificados.