Comienza a regir el Reglamento a la Ley Orgánica del Uso Legítimo de la Fuerza

Redacción Vistazo
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El presidente de la República, Guillermo Lasso, suscribió el Reglamento a la Ley Orgánica del Uso Legítimo de la Fuerza este jueves 1 de junio.

El cuerpo normativo fue elaborado mediante un trabajo conjunto entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas, el SNAI y la Secretaría Jurídica de la Presidencia.

"El reglamento aclara disposiciones confusas de la Ley y profundiza aspectos relevantes para la actuación de policías, militares y guías penitenciarios", informó el Gobierno mediante un comunicado.

El instrumento legal indica que "los servidores de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas que han completado y aprobado los estudios de formación correspondientes están autorizados y habilitados para la tenencia, uso y porte del equipamiento para el cumplimiento de su misión institucional".

Asimismo, el cuerpo normativo establece que la amenaza inminente, resistencias violentas o acciones conducentes a agredir a los servidores públicos o a terceras personas serán consideradas como materialización del ilícito y contrarrestadas de forma "oportuna y eficaz".

“Ese absurdo de que un policía deba esperar que el delincuente le dispare se terminó”, señaló el mandatario en referencia a los cambios abordados en el instrumento legal.

"Los servidores de estas entidades que, en cumplimiento de su misión constitucional y deber legal, causen lesión, daño o muerte a otra persona, no serán aprehendidos; ni podrán ser separados de la entidad y conservarán sus derechos laborales, mientras no exista una sentencia ejecutoriada que determine que existió uso ilegítimo o arbitrario de la fuerza", se lee en el comunicado.

Finalmente, se indicó que las Fuerzas Armadas llevarán a cabo operaciones de control de armas, municiones, explosivos y accesorios en las áreas de influencia, inmediaciones y al interior de los centros de privación de libertad del país.