Décimo cuarto sueldo en Ecuador 2025 no ha sido eliminado; esto dice el Decreto 57
Vistazo te explica sobre el monto y fechas de pago del bono escolar.
En los últimos días circuló información errónea en redes sociales sobre la supuesta eliminación del décimo cuarto sueldo en Ecuador, información que es falsa. El llamado también Bono Escolar es un derecho laboral vigente para todos los trabajadores bajo relación de dependencia en el país.
La confusión sobre la supuesta eliminación de este beneficio se originó a raíz del Decreto Ejecutivo 57. Sin embargo, es fundamental entender que este decreto no deroga ni modifica ningún aspecto relacionado con las remuneraciones o derechos laborales.
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El décimo cuarto sueldo es una remuneración adicional al salario que reciben anualmente todos los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionistas en Ecuador. Su propósito principal es brindar un apoyo económico para el inicio del nuevo año lectivo.
Décimo cuarto sueldo en 2025: qué establece el Decreto 57 en Ecuador
La confusión se originó a raíz del Decreto Ejecutivo 57. Este decreto lo que sí deroga es el artículo 98 de un reglamento anterior, pero es fundamental entender que dicho artículo no tenía ninguna relación con remuneraciones ni con el décimo cuarto sueldo.
Además, los cambios que plantea no afectan derechos laborales ni modifica leyes existentes. Plataformas como X y Facebook se inundaron con publicaciones erróneas, generando preocupación innecesaria entre los trabajadores del sector público y privado.
Lo que el Decreto 57 sí hizo fue:
Monto y fechas de pago del Décimo Cuarto Sueldo
El monto del décimo cuarto sueldo corresponde a un Salario Básico Unificado (SBU). Este 2025, el valor es de USD 470. Las fechas de pago varían según la región:
¿Cómo se calcula el pago del Décimo Cuarto Sueldo?
El cálculo del décimo cuarto sueldo es sencillo:
Si ha laborado un año completo: Un trabajador que haya cumplido 12 meses de trabajo recibirá el monto completo del Salario Básico Unificado de 2025, es decir, USD 470.
Si no ha laborado un año completo (pago proporcional): En caso de no haber laborado los 12 meses completos, el trabajador recibirá un monto proporcional. Para calcularlo, se divide el valor del SBU (USD 470) entre 12 meses, lo que da aproximadamente USD 39 mensuales. Este resultado se multiplica por el número de meses trabajados.
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Es importante destacar que el pago del bono escolar está contemplado en el Artículo 113 del Código de Trabajo. Los empleadores que no realicen el pago a tiempo se exponen a multas impuestas por la Dirección Regional de Trabajo. Estas sanciones pueden oscilar entre tres y veinte salarios mínimos unificados.