¿Cumplirán? Locales prometieron comida gratis si ganaba Ecuador ante Alemania

Existe la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor que obliga a los locales a cumplir con sus publicidades.

Los aficionados al futbol se congregarón en la plaza del Otorongo en Cuenca para observar el triunfo ante la selección alemana y pasar a los 16avos en el Mundial.
Kevin Hidalgo

El furor del Mundial 2026 causó que decenas de locales a nivel nacional ofrecieran comida gratis si es que este jueves la selección ecuatoriana ganaba a Alemania. En efecto, la ‘Tri’ logró un triunfo y pasó a los deiciseisavos. ¿Los negocios cumplirán con su promesa? Existe una ley que los obliga.

Durante los últimos días varios locales, especialmente de comida, publicaron mensajes para alentar a los hinchas: “Si Ecuador le gana a Alemania, comida gratis”, es la frase que inunda TikTok.

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Múltiples restaurantes ofrecían todo tipo de alimentos: croissants, café, encebollado, costillas gigantes, shawarma, hamburguesas, fresas con crema, etc.

Incluso negocios que ofertan electrodomésticos y otros productos decidieron subirse a la tendencia. De hecho, hay una agencia de viajes que también ofreció un viaje a Punta Cana si ganaba la selección.

Todas estas promociones tendrán que cumplirse porque la ‘Tricolor’ logró un histórico 2-1 ante Alemania. Con esta victoria, la selección selló su pase a los dieciseisavos del Mundial 2026.

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Locales prometieron comida y productos gratis.

¿Locales cumplirán sus promesas?

Los clientes tienen el derecho de exigir que se cumplan las ofertas, ya que existe la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, que ampara a los usuarios y prohíbe toda forma de publicidad engañosa o abusiva.

Además, la norma dice que se considera una infracción publicitaria cuando a través de mensajes se induce al error o engaño en los siguientes casos:

¿Qué sanciones pueden tener si no cumplen?

La ley también habla de sanciones para el proveedor cuya publicidad sea considerada engañosa o abusiva. Los negocios podrían recibir multas de USD 1.000 a USD 4.000.

“Cuando un mensaje publicitario sea engañoso o abusivo, la autoridad competente dispondrá la suspensión de la difusión publicitaria, y además ordenará la difusión de la rectificación de su contenido, a costa del anunciante, por los mismos medios, espacios y horarios. La difusión de la rectificación no será menor al treinta por ciento (30%) de la difusión del mensaje sancionado”, apunta el documento.