La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) determinó que TC Televisión cometió una infracción de linchamiento mediático contra David Reinoso en el programa De Boca en Boca, en las transmisiones del 1 al 5 de junio de este año.
Así lo informó la entidad mediante un comunicado publicado en su página web.
La sanción, según establece la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), consiste en una “disculpa pública de la o las personas que produjeron y difundieron tal información; y, se publique la referida disculpa en el medio de comunicación social denunciado, en días distintos, en el mismo espacio, programas, secciones tantas veces como fue difundida la información lesiva al prestigio o la credibilidad del denunciante”.
La disculpa, señala el comunicado, deberá ser difundida a partir del primer lunes de notificada la resolución y es de obligatorio cumplimiento.
EL CASO
La Supercom detalló en su sitio web los antecedentes:
-Del 1 al 5 de junio pasados, el programa De Boca en Boca difundió la noticia sobre una supuesta relación sentimental entre David Reinoso y Katty Bazurto.
- El 8 de junio, Reinoso planteó su denuncia contra el canal ante la Supercom, por presuntamente haber incurrido en la figura de linchamiento mediático.
- Luego de notificar a las partes, se convocó a la Audiencia de Sustanciación, para el 15 de junio de 2015.
- El 15 de junio se constató la asistencia del abogado José Daniel Morán, en representación de TC Televisión; y de David Reinoso, como denunciante.
- El abogado del medio rechazó la existencia de linchamiento mediático, al asegurar que la información no fue reiterada, como lo señala el artículo 26 de la LOC. Dijo que se trató de contenidos diferentes, emitidos en distintos días.
-Por su parte, Reinoso indicó que durante la semana del 1 al 5 de junio, él fue el tema central del programa.
-Tras el análisis de los elementos jurídicos y de las pruebas, la Supercom constató que en el programa De Boca en Boca, se refirieron sobre una supuesta relación sentimental entre Reinoso y Bazurto, en el que “deliberadamente a través de efectos” se generó expectativa en los televidentes.
-También se constató que los presentadores hablaron sobre hechos que no han sido comprobados y se realizaron afirmaciones sin ningún sustento respecto a la supuesta relación.
-La Supercom asegura que se generó en el televidente la percepción de que el accionante mintió o se ocultó para no referirse a la supuesta relación, añade la resolución. Además, entrevistaron a otras personas para que den su criterio sobre el caso.
-La entidad concluyó que, a través del programa de farándula, se difundió en forma concertada y reiterativa, información tendiente a desprestigiar o reducir la credibilidad pública del denunciante, infringiendo la prohibición establecida en el artículo 26 de la LOC.