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Devolución del IVA 2026 para adultos mayores: pasos para consultar el pago con el número de cédula

El beneficio de alivio financiero para personas de 65 años o más se mantiene vigente este año. El monto de devolución alcanza los USD 144.60 y el trámite puede realizarse de forma digital.

En Ecuador, el derecho a la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los adultos mayores continúa cómo una política clave de protección económica en 2026.

Este mecanismo permite a los ciudadanos de la tercera edad recuperar los valores pagados en consumos de primera necesidad, utilizando el portal del Servicio de Rentas Internas (SRI) como la herramienta principal de gestión.

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Para este ejercicio fiscal, el monto máximo de devolución mensual se ha fijado en USD 144.60. El acceso a este beneficio se realiza de manera simplificada a través del número de cédula del beneficiario.

Proceso de solicitud y consulta en línea

El SRI dispone de una plataforma ágil para que los beneficiarios o sus delegados gestionen el retorno del tributo sin necesidad de acudir a las agencias físicas. Los pasos para completar el proceso son:

  • Acceso al portal: ingrese a la página oficial de "SRI en Línea" e inicie sesión con el número de cédula y la clave electrónica.
  • Selección del trámite: en el menú principal, ubique el módulo de “Devoluciones” y seleccione la opción “Devolución de IVA – Adultos mayores”.
  • Carga de comprobantes: El sistema despliega las facturas electrónicas emitidas a nombre del beneficiario. Tras verificar la información, se procede a enviar la solicitud.
  • Seguimiento del estado: con el mismo número de identificación, el usuario puede monitorear en el historial de solicitudes si el monto ya ha sido aprobado o acreditado en su cuenta bancaria.
  • ¿Qué hacer ante retrasos o falta de pago?

    En casos en los que la solicitud aparece como aprobada pero el depósito no se hace efectivo, las autoridades recomiendan validar primero que la cuenta bancaria registrada esté activa. Si el inconveniente persiste, el ciudadano cuenta con tres mecanismos legales:

  • Vía Administrativa: presentar una impugnación ante el mismo SRI en caso de una negativa oficial.
  • Vía Judicial: acudir a los tribunales contencioso-tributarios en un plazo de 60 días hábiles (requiere asesoría legal).
  • Acción de Protección: recurso constitucional aplicable si el retraso vulnera derechos de atención prioritaria o el acceso a una vida digna.
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    Es importante recordar que este derecho no caduca de inmediato: los contribuyentes pueden reclamar la devolución de sus consumos hasta cinco años después de haber realizado la compra, lo que permite recuperar valores pendientes de ejercicios anteriores.

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