El domingo 16 de noviembre de 2025, los ecuatorianos están convocados a las urnas dentro y fuera del país para participar en la consulta popular y referéndum.
El sufragio es obligatorio, y quienes no asistan sin una causa justificada deberán pagar una multa equivalente al 10% del salario básico unificado, de acuerdo con el artículo 292 del Código de la Democracia.
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Sin embargo, la ley establece seis causas válidas que permiten justificar la inasistencia y evitar la sanción económicaante el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Estas son las seis causas para justificar tu ausencia
Por mandato legal: si una persona no puede votar por disposición judicial o legal. Debe presentar el documento que respalde su situación. Por motivos de salud o impedimento físico: es necesario presentar un certificado médico emitido por el Sistema Nacional de Salud público o privado (en este último caso, debe estar validado). Por calamidad doméstica grave: aplica en casos como el fallecimiento de un familiar u otra calamidad ocurrida el día de las elecciones o hasta ocho días antes. Por encontrarse fuera del país: los ecuatorianos que residan o se encuentren en el extranjero pueden justificar su ausencia con el pasaporte, certificado migratorio o documento de viaje que pruebe su salida e ingreso al país. Por actividades electorales: quienes estén cumpliendo funciones dentro del proceso electoral (como miembros de juntas receptoras del voto o personal del CNE) también pueden justificar su inasistencia. Por voto facultativo: no están obligados a votar los jóvenes de 16 y 17 años, las personas mayores de 65 años, los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, las personas con discapacidad y los ecuatorianos residentes en el exterior. ¿Cómo presentar la justificación?
Quienes no puedan asistir a sufragar deben presentar los documentos que respalden su ausencia en la delegación provincial del CNE correspondiente a su domicilio electoral.
El trámite incluye llenar el Formulario de Justificación por no sufragar, disponible en las delegaciones y en el portal web del CNE. Una vez ingresada la solicitud, el ciudadano recibirá respuesta en un plazo de 48 horas.
Requisitos básicos según la causa
Mandato legal: cédula y certificado judicial o de excarcelación. Salud o impedimento físico: cédula y certificado médico. Calamidad doméstica: cédula y certificado de defunción u otro documento de respaldo. Ausencia del país: cédula, pasaporte o certificado migratorio. Voto facultativo: cédula y documento que acredite la condición (edad, discapacidad, servicio activo, residencia en el exterior). LEA TAMBIÉN: Consulta Popular 2025: ¿cuándo inicia el silencio electoral y cuál es la multa por incumplirlo?
Si el trámite lo realiza un tercero, se debe incluir la autorización firmada por el titular, copias de las cédulas y el formulario oficial del CNE.