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¿Gastaste más de USD 5.000 en el exterior con tarjetas de crédito? El SRI podría requerirte el pago del ISD

Para los períodos fiscales 2022 y 2023 el monto exento del Impuesto a la Salida de Divisas fue de USD 5.109,79.

lunes, 26 mayo 2025 - 14:00
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El Servicio de Rentas Internas (SRI) inició un proceso de control para verificar el cumplimiento del pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) correspondiente a los años fiscales 2022 y 2023, por consumos en el exterior con tarjetas de crédito.

Estos controles están dirigidos a contribuyentes que superaron el monto exento de USD 5.109,79 anuales mediante consumos o retiros con tarjetas de crédito o débito realizados desde el exterior, y que no declararon ni pagaron el impuesto respectivo.

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La normativa vigente establece que, si una persona natural o sociedad excede el monto exento sin que se haya aplicado la retención automática por parte de la entidad emisora de la tarjeta, el titular principal está obligado a declarar y pagar el ISD directamente ante el SRI.

Para los períodos fiscales 2022 y 2023 el monto exento de ISD fue de USD 5.109,79. Si los consumos o retiros anuales superaron el monto señalado, se genera un valor de ISD sobre cada transacción, considerando las siguientes tarifas:

$!¿Gastaste más de USD 5.000 en el exterior con tarjetas de crédito? El SRI podría requerirte el pago del ISD

El director general del SRI, Damián Larco, explicó que muchas de las diferencias detectadas se deben a que los contribuyentes usan múltiples tarjetas de crédito o débito de diferentes entidades bancarias para realizar consumos en el exterior.

Cuando se excede el límite con una entidad, esta aplica la retención correspondiente; sin embargo, los otros emisores no cuentan con esa información, por lo que no retienen el impuesto.

Asimismo, Larco recordó que los consumos realizados con tarjetas adicionales se atribuyen al titular principal de la cuenta, quien es considerado el responsable del pago del impuesto.

Para facilitar el cumplimiento voluntario de esta obligación, el SRI emitió una resolución, en la que se establece que los contribuyentes que aún no han declarado el ISD correspondiente a los años 2022, 2023 y 2024, podrán regularizar su situación tributaria de manera acumulada por cada año fiscal a través de SRI en línea, utilizando el Formulario Múltiple de Pagos con el código 4580, hasta el 30 de junio del presente año.

Finalmente, el SRI recuerda que el ISD aplica a toda transferencia, envío o traslado de divisas al exterior, ya sea en efectivo, cheques, transferencias electrónicas, retiros o pagos con tarjetas.

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