Estados Unidos puso fin a todos los programas de Permisos de Reunificación Familiar (Family Reunification Parole) para extranjeros de Ecuador, Colombia, Cuba, El Salvador, Guatemala, Haití y Honduras, así como sus familiares inmediatos.
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Este viernes 12 de diciembre, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) informó que se tomó la medida debido al "abuso de los permisos humanitarios" que permitieron que extranjeros sin investigaciones de seguridad y verificaciones de antecedentes debidamente realizadas eludieran el proceso tradicional de los permisos de permanencia temporal (“parole”).
Por consiguiente, los inmigrantes amparados con este beneficio deberán abandonar Estados Unidos a mediados de enero si carecen de alguna otra alternativa legal para quedarse en el país.
La administración enfatizó que, el permiso de permanencia temporal nunca se concibió para usarse de esta manera, y DHS está restableciendo la otorgación de estos permisos caso por caso, tal como era la intención del Congreso.
Asimismo, se comunicó que la cancelación de los programas FRP es un necesario retorno a políticas de sentido común y al principio de “Estados Unidos Primero”.
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Se identificó que los programas FRP tenían brechas de seguridad causadas por una verificación de antecedentes "insuficiente" que defraudadores podían aprovechar para ingresar a Estados Unidos, lo que representaba "un nivel inaceptable de riesgo" para el país.
Con esta medida, DHS busca priorizar la seguridad, protección y bienestar financiero y económico de los estadounidenses.
El Departamento de Seguridad Nacional también compartió que, una notificación del Registro Federal explica cómo se administrará la cancelación de los programas FRP.
Si a un extranjero se le concedió permiso de permanencia temporal en Estados Unidos bajo los programas FRP y su permiso de permanencia temporal aún no ha expirado el 14 de enero de 2026, se cancelará en esa fecha a menos que el extranjero tenga pendiente un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, matasellada o que se haya presentado electrónicamente en o antes del 15 de diciembre de 2025, y que aún esté pendiente el 14 de enero de 2026.
Si el extranjero tiene un Formulario I-485 pendiente, su permiso de permanencia temporal (parole) seguirá vigente hasta que expire dicho periodo de permiso o hasta que exista una decisión final sobre la solicitud I-485; lo que ocurra primero.
En caso de que el Formulario I-485 sea denegado, el permiso de permanencia quedará cancelado y el extranjero deberá abandonar Estados Unidos de manera inmediata.
"Cuando cancelamos el período permiso de permanencia temporal de un extranjero bajo los programas FRP, también revocaremos su autorización de empleo basada en dicho permiso de permanencia temporal", detalló DHS.
Asimismo, los extranjeros que no tengan una base legal para permanecer en Estados Unidos tras la finalización de los programas FRP deben abandonar el país antes de la fecha de finalización de su permiso de permanencia temporal.
Estos extranjeros deben usar la aplicación CBP Home para informar su intención de salir de EE.UU.; que incluye incentivos como una bonificación por salida, asistencia financiera y con los documentos de viaje, y la condonación de multas civiles para los extranjeros que cualifiquen.
Para obtener más información, consulte la página web de CBP Home del Departamento de Seguridad Nacional.