El voto en Ecuador es obligatorio para los ciudadanos entre 18 y 64 años. Por otro lado, es opcional para jóvenes de 16 a 18 años, adultos mayores de 65, personas con discapacidad, miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, así como para ecuatorianos que residen en el exterior.
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No obstante, el Consejo Nacional Electoral (CNE) contempla siete situaciones en las que es posible solicitar la exoneración de multas por no votar o no presentarse como miembro de mesa:
Para realizar el trámite de justificación, el ciudadano debe presentar personalmente la documentación correspondiente ante la delegación provincial del CNE de su ciudad, dentro de los 90 días posteriores a las elecciones. Los documentos requeridos para el procesos son:
Si la justificación es aceptada, el ciudadano queda exento del pago de la multa. En caso contrario, tendrá un plazo de tres días para cancelarla. Esta resolución puede ser impugnada ante el propio CNE.