Adicionalmente, los días lunes y martes de Carnaval, serán de descanso obligatorio. El 1 de mayo, 2 y 3 de noviembre se podrán trasladar. Los únicos días que no serán susceptibles de traslado cuando caigan martes, miércoles o jueves, serán el 1 de enero, 25 de diciembre y el martes de Carnaval..@AsambleaEcuador aprueba proyecto #ReformaFeriados (84 votos afirmativos, 2 negativos y 25 abstenciones)
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) 13 de diciembre de 2016
Todos los traslados se aplican de igual manera para feriados locales y nacionales, según señaló Marllely Vásconez, presidenta de la comisi{on de derechos de los trabajadores, de la Asamblea Nacional.