Los exalcaldes de Durán, Alexandra Arce y Dalton Narváez, fueron llamados a juicio por presunto peculado en la contratación pública para la conducción de agua potable desde la parroquia Chobo (en Milagro) hasta el cantón ferroviario.
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La decisión fue tomada este jueves 11 de septiembre por el presidente de la Corte Provincial de Guayas, tras acoger el dictamen acusatorio presentado por la Fiscalía General del Estado. En la misma causa también fueron llamados a juicio otros nueve procesados.
Además, Fiscalía apeló, de forma oral, el auto de sobreseimiento dictado a favor de los también procesados Carlos J. y Fausto M.
Según la investigación, en este contrato se habría ocasionado un perjuicio al Estado superior a los 40 millones de dólares.
El presunto perjuicio proviene del contrato para el “Mejoramiento y optimización del sistema de conducción de agua potable de Chobo a Durán”, firmado el 30 de diciembre de 2014 y adjudicado a la empresa ESEICO S. A., por un monto de 23’780.357,65 dólares.
Los fondos para el proyecto provinieron de un convenio de préstamo y fideicomiso entre el Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE) y el GAD de Durán, con un financiamiento que cubría el total del contrato. Sin embargo, el monto invertido y ejecutado ‒incluyendo contratos complementarios, convenios con CNEL y un contrato adicional‒ asciende a 41’876.107,68 dólares.
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Fiscalía ha presentado pericias contables, de construcción y otras relacionadas con las obras ejecutadas, así como la declaratoria de plazo vencido en el préstamo para la obra y diversos informes de responsabilidad penal emitidos por la Contraloría General del Estado.
Actualmente, el exalcalde Dalton Narváez permanece encarcelado en la Cárcel Regional de Guayaquil. Fue detenido en Colombia el 8 de enero de 2025, tras permanecer varios meses prófugo, y posteriormente extraditado al país para enfrentar la justicia.
Fiscalía procesa este caso conforme al artículo 278, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual establece una pena de diez a trece años de prisión para los servidores públicos y personas que, en virtud de su autoridad, se apropien, abusen, distraigan o dispongan de bienes o fondos públicos en beneficio propio o de terceros.