Está por aprobarse el Código General de Procesos en la Asamblea Nacional. Con esto se eliminaría definitivamente la prisión para los familiares de los padres que no pagan las pensiones alimenticias de sus hijos, y la medida solo se mantendrá para el progenitor.
Desde el año 2009, la legislación contempla el apremio personal, es decir la prisión por hasta 6 meses para los familiares de los niños cuyos padres no han pagado las pensiones alimenticias.
Se los conoce como obligados subsidiarios y se trata de los: abuelos, hermanos mayores de 21 años y tíos.
Durante los 6 años de vigencia que lleva la norma, se han registrado varios casos en los que los familiares del deudor son detenidos. Rosa Orozco fue demandada por la madre de su nieto en noviembre de 2011. En aquella ocasión, Orozco declaró: “primera vez que yo estoy así, en esta situación, por culpa de mi hijo, por la irresponsabilidad de él”.
El código será discutido en segundo debate el próximo 10 de marzo en la asamblea.
Luis Ávila, de la Defensoría Pública, entidad que apoya esta propuesta, explica por qué no se debe detener a los familiares de los deudores. “La responsabilidad respecto a la privación de libertad es personalísima. Entonces, esa extensión era de alguna manera inconstitucional. Da una sensación de injusticia, aunque posiblemente lo justo sea que el niño reciba una pensión de alimentos y tenga un nivel de vida adecuado”, confirmó Ávila.
Sin embargo, fuera de los juzgados de la niñez, las madres no están de acuerdo. “Debe estar vigente, tienen que hacerlo porque si no cumplen los padres de los niños, tiene que haber alguien que cumpla”, refirió Estefanía Ordóñez, madre demandante.
Las madres, como ella, creen que con la vigencia de la medida será más difícil conseguir la pensión alimenticia para sus hijos.