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Cooperativa Incoop entra en liquidación forzosa: ¿Qué pasará con los ahorros de los socios?

¿Tiene ahorros en la Cooperativa Incoop? Guía sobre el proceso de cierre y cómo recuperar su dinero a través de la Cosede.

Desde el pasado 23 de febrero de 2026, la Cooperativa Inteligencia de Negocios (Incoop) entró oficialmente en un proceso de liquidación forzosa. La medida, dictada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), implica el cese inmediato de sus actividades financieras, por lo que la institución ya no podrá otorgar créditos ni captar nuevos depósitos en sus agencias de Quito, Quisapincha y Ficoa.

Incoop, que operaba en el mercado desde hace 18 años (originalmente bajo el nombre de Kury Wayta en Ambatillo), se había posicionado en 2021 como una marca digital e inclusiva con su llegada a la capital.

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Sin embargo, tras la resolución de control, sus canales oficiales no han emitido comunicados detallando el cronograma inmediato para la devolución de fondos.

El proceso de devolución y el rol de la Cosede

Ante la incertidumbre de los socios, la normativa legal establece un protocolo de protección a través de la Corporación del Seguro de Depósitos (Cosede). Una vez que se nombra a un liquidador oficial, este debe consolidar y entregar una base de datos de los ahorristas a la Cosede.

Según estipula la ley, el proceso de pago a los depositantes debe iniciarse en un plazo máximo de 20 días tras la recepción de dicho listado. Este seguro de depósitos cubre el valor de los ahorros según el segmento al que pertenecía la cooperativa, garantizando que los beneficiarios recuperen su dinero sin trámites previos, siempre que la entidad haya estado debidamente regulada.

¿Qué deben hacer los depositantes?

Por el momento, los socios de Incoop deben mantenerse atentos a las publicaciones de la SEPS y la Cosede, donde se anunciará la entidad financiera corresponsal a través de la cual se realizarán los pagos.

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Es fundamental recordar que la cobertura del Seguro de Depósitos es automática y depende de la clasificación de la entidad en el sistema financiero nacional. Hasta que el liquidador no emita el reporte de acreencias, no se podrán efectuar retiros ni movimientos en las cuentas de las tres agencias cerradas.

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