El beneficio de devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad atraviesa un momento clave. El 2 de septiembre de 2025, un grupo de beneficiarios presentó una acción de protección ante los retrasos reiterados en los pagos realizados por el Servicio de Rentas Internas (SRI). El proceso legal avanza y, según lo establecido por la justicia, el 8 de diciembre de 2025 se llevará a cabo la segunda audiencia, en la que se espera un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud.
De acuerdo con la información expuesta en el proceso judicial, los peticionarios sostienen que han enfrentado demoras sistemáticas en la recepción de los valores que les corresponden por ley. La devolución del IVA, establecida en la normativa ecuatoriana, permite que estos grupos accedan al reintegro de un porcentaje del impuesto pagado en consumos de bienes y servicios gravados, como parte de un mecanismo de apoyo económico.
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Según datos públicos del SRI, el monto máximo de devolución mensual se calcula sobre la base de dos salarios básicos unificados multiplicados por la tarifa vigente del IVA. Para personas con discapacidad, la devolución se aplica de modo proporcional al grado de discapacidad. Por ejemplo, si la discapacidad está entre 30 % - 49 %, se devuelve el 60 % del monto tope; si es entre 85 % - 100 %, puede llegar al 100 % del monto máximo permitido. Y para adultos mayores, la devolución no es un porcentaje variable según edad, sino el valor máximo mensual determinado por la fórmula (dos SBU × tarifa IVA).
Para recibir el beneficio, los solicitantes deben presentar documentos de respaldo, como facturas electrónicas válidas, y mantener actualizada su información en el sistema del SRI.
La entidad ha señalado en comunicados anteriores que el proceso de devolución pasa por fases de verificación y control, cuya duración puede variar dependiendo del volumen de solicitudes y de los ajustes presupuestarios disponibles para cada periodo fiscal. El SRI ha reiterado que estos pagos dependen directamente de las asignaciones realizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, bajo el esquema anual establecido en el Presupuesto General del Estado.
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En años recientes, el SRI ha gestionado miles de solicitudes mensuales. Cifras institucionales indican que, en promedio, la entidad procesa más de 100.000 solicitudes al mes entre ambos grupos beneficiarios. Para cubrir estas devoluciones, el Presupuesto del Estado suele contemplar recursos específicos, aunque su ejecución puede verse afectada por variaciones macroeconómicas o reasignaciones fiscales, lo que influye en los tiempos de pago.
La información financiera oficial detalla que las devoluciones dependen de la disponibilidad de caja del Estado, por lo que los desembolsos se programan de acuerdo con los flujos de ingresos tributarios y las prioridades presupuestarias establecidas para cada trimestre.
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La devolución del IVA es uno de los programas de mayor alcance dentro del sistema tributario ecuatoriano. Para acceder a él, el SRI ha implementado servicios en línea que permiten registrar solicitudes, consultar estados y revisar los pagos emitidos. La digitalización del proceso ha permitido reducir tiempos en la verificación documental, aunque la etapa de pago continúa dependiendo de la gestión presupuestaria nacional.
Para los beneficiarios, este reintegro constituye un apoyo relevante para cubrir gastos básicos, especialmente en sectores donde los ingresos suelen ser limitados o dependen de pensiones fijas. Por ello, el seguimiento del proceso judicial genera expectativa, ya que podría marcar nuevas directrices para la administración del beneficio.